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Tras un periodo estival en el que, tal como avisamos, permanecimos a disposición de todos vosotros, y de un comienzo del mes de septiembre con tantas dudas sobre qué futuro inmediato nos espera, va siendo hora de retomar nuestras comunicaciones que procuramos sean semanales.

Sin embargo, estamos viviendo un “más de lo mismo” constante, o, si acaso, a peor, que hace difícil encontrar temas de interés a comentar que aún no hayamos tratado.

No se ve la luz al final del túnel, y se va alargando para que nos dé tiempo a llegar…

Es el caso de la Ley 3/2020 que ha sido publicada el pasado sábado, para la organización de la Administración de Justicia para hacer frente al Covid. En ella se establecen diversas medidas para evitar aglomeraciones y favorecer la comunicación por medios telemáticos, en el que se incluye una obligación para el público de comunicarse por medios telemáticos salvo que la gestión presencial sea inevitable. El proyecto de Ley incluía a los profesionales, lo cual ha quedado felizmente suprimido, en aras de una adecuada defensa de los asuntos encomendados.

Pero dicha ley aporta, además, una mayor moratoria en determinados trámites concursales, a fin de facilitar una flexibilidad en la presentación y desarrollo de los procedimientos de insolvencia. También confirma la suspensión de la causa de disolución de las sociedades consistente en que las pérdidas sitúen el patrimonio por debajo de la mitad del capital social, hasta cerrarse el ejercicio de 2021. Ello no debe confundirse con la obligación de presentar el concurso en el plazo de dos meses desde que se constata -o pudo constatar- la insolvencia sobrevenida o inminente, cuya moratoria expira el 31 de diciembre de este año.

Dicho todo esto, no pararé de repetir lo importante que es, en estos tiempos, el mantenernos estrictamente escrupulosos en nuestro proceder empresarial. La moratoria de la que disfrutamos actualmente ha de servir para organizar adecuadamente nuestra contabilidad, mantener un orden e intentar acuerdos con los acreedores que nos permitan -ojalá- salir de las dificultades contando con la necesaria solidaridad que es de exigir de todos en estos momentos tan difíciles.

Todo el comercio no relacionado directamente con la venta de productos de primera necesidad ha sufrido mucho; la hostelería, la restauración y los locales de ocio y de cultura están aún recuperándose del cierre con unos aforos necesariamente reducidos, y quién sabe si se podrán mantener así, si se constata que dichos aforos reducidos no son suficientes para frenar la pandemia.

Se exige un gran esfuerzo a las personas para que se mueva con prudencia, cosa que parece que nos cuesta mucho más que en los países de nuestro entorno, por cuanto las proporciones de nuestra evolución se disparan en comparación con las de aquellos.

Las empresas deben asumir también el esfuerzo de intentar que flotemos todos en esta crisis; por eso, ningún acercamiento de los empresarios con dificultades a sus acreedores debería caer en saco roto. Se acercan años de prudencia, y esa prudencia ha de empezar por intentar mantener nuestros clientes y proveedores.

Así pues, los intentos de acuerdos de moratoria para pagos de deudas deberían ser la tónica imperante en estos meses; los acuerdos alcanzados serán, en la mayoría de los casos, mejores de lo que se pueda esperar de un procedimiento concursal.

Si finalmente el concurso fuera inevitable, debe llegarse preparado, tal como expuse ya en mi post del 28 de abril. De ello dependerá un concurso con las menores consecuencias personales posibles.

No sabemos si ‘retomamos’ la nueva normalidad de antes de verano, o si vamos hacía una nueva normalidad distinta, en vista de la evolución de la pandemia, que amenaza en frenarnos de nuevo. Hay que afrontar lo que llegue con esfuerzo, prudencia y solidaridad, y confiar en que, entre todos, saldremos adelante.

Juan Núñez –Abogado