El día 8 de diciembre de 2018 se publicó en el BOE el Real Decreto-ley 20/2018, de medidas urgentes para el impulso de la competitividad económica en el sector de la industria y el comercio en España (consulta AQUÍ la norma) que regula dos cuestiones relevantes desde el punto de vista laboral: la jubilación parcial en el sector de la industria manufacturera y las condiciones para el mantenimiento de las ayudas a la industria electrointensiva.
En cuanto a la jubilación parcial, se establece que a las pensiones de jubilación parcial se les aplicará la regulación vigente con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 27/2011, sobre actualización, adecuación y modernización del Sistema de Seguridad Social, con simultánea formalización de un contrato de relevo, cuando se cumplan los siguientes requisitos:
Las empresas que se acojan a esta modalidad de jubilación parcial deberán incluir entre la información no financiera del informe de gestión el conjunto de medidas que se hayan adoptado en el marco de la transición a una economía descarbonizada.
En cuanto a las ayudas concedidas a la industria electrointensiva previstas en la Ley 1/2005, de 9 de marzo, por la que se regula el régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero, se exige que las empresas deban mantener la actividad productiva durante tres años desde la fecha en la que se dicte la resolución de concesión de las ayudas. A estos efectos, se entenderá que se incumple este requisito cuando la empresa proceda de manera efectiva a reducir en más de un 85% su capacidad de producción o a comunicar la decisión de despido colectivo que implique una reducción de más de un 85% de la plantilla.
Se podrán excluir de lo anterior aquellas empresas industriales que, a pesar de haber reducido su capacidad productiva o su plantilla en más de un 85%, lo hagan de forma temporal durante el proceso de búsqueda de nuevos inversores, siempre que dicho proceso desemboque en el reinicio de la actividad productiva de la instalación recuperando, al menos, el 50% de su producción y de su nivel de empleo anteriores.
Plan de Choque por el Empleo Joven
Por otra parte, el Consejo de Ministros ha aprobado el 7 de diciembre de 2018 el Plan de Choque por el Empleo Joven 2019-2020-2021 cuyo objetivo fundamental es fomentar el empleo juvenil en distintos aspectos, con especial atención a la calidad del empleo y en los colectivos de jóvenes con mayores dificultades de empleabilidad, entre ellos las mujeres jóvenes. Para lograr este objetivo, el Plan contiene 50 medidas que giran en torno a seis ejes fundamentales, que son: las políticas de orientación laboral, la mejora de la formación, la creación de oportunidades en el empleo, la igualdad de oportunidades en el acceso al empleo, el fomento del emprendimiento juvenil y la mejora del marco institucional que permita la difusión y aplicación de las medidas contempladas en el plan.