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Sí, aquellos ciudadanos españoles que hayan obtenido la nacionalidad por residencia podrán perderla cuando:

a) Si después de obtener la nacionalidad española no la utilizan durante tres años y utilizan otra.  La manera más fácil de evitar la pérdida, en este caso, es inscribirse como residente en el Consulado español correspondiente al país en el que se está residiendo. Se considera usar la nacionalidad, por ejemplo, el hecho de viajar con el pasaporte español, firmar documentos identificándose con los documentos españoles, etc.

b) Si hacen voluntariamente el servicio militar o ejercen un cargo político en un estado extranjero prohibido por el Gobierno. 

c) Si se descubre que la nacionalidad española se ha obtenido mediante falsedad, ocultación o fraude. 

El lugar para realizar la declaración voluntaria de conservación de la nacionalidad española  son los Consulados españoles en el extranjero.

Si quieres solicitar más información ponte en contacto con uno de nuestros ABOGADOS.

Elvira Rodríguez