El Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial (“Convenio de París”) firmado en 1883 establece una serie de principios generales aplicables a los diferentes regímenes de propiedad industrial, entre los que se hallan los principios de territorialidad y prioridad.
En virtud del principio de territorialidad, los derechos de propiedad industrial (patentes, marcas, diseños industriales, etc.) tienen un ámbito geográfico limitado. De esta manera, en el caso de que el titular de un derecho quiera tener protección en diferentes países, es necesario que registre el derecho en cuestión en los territorios correspondientes.
El mismo Convenio de París regula el derecho de prioridad, que permite que todas las solicitudes de derechos de propiedad industrial realizadas en un plazo concreto sobre un mismo objeto se entiendan presentadas en la fecha de la primera solicitud. Ello implica, entre otras cuestiones, que los hechos que se producen tras la presentación de la primera solicitud no afectan a las solicitudes posteriores, dado que la fecha relevante a efectos de analizar las solicitudes presentadas es la primera (siempre que se hayan presentado dentro del plazo de prioridad).
En esta entrada analizaremos la sentencia del Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) en el asunto T-579/19, en la que se tratan diferentes cuestiones jurídicas relacionadas con el derecho de prioridad y, en particular, sobre cuál es el plazo de prioridad aplicable a una solicitud de dibujo o modelo comunitario con base en una previa solicitud de patente internacional.
De forma esquemática, y en lo relevante para el análisis del caso objeto de esta entrada, el Convenio de París regula los siguientes plazos de prioridad:
Por su parte, el Reglamento 6/2002, de 12 de diciembre de 2001, sobre los dibujos y modelos comunitarios establece un plazo de prioridad de 6 meses para las solicitudes de registro de dibujo o modelo comunitario o modelo de utilidad.
Antecedentes:
El 24 de octubre de 2018, la sociedad The KaiKai Company (“KaiKai”) presentó ante la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) una solicitud de registro múltiple de doce dibujos o modelos comunitarios, al amparo del Reglamento 6/2002. En el marco de esta solicitud, KaiKai reivindicó para la totalidad de los diseños solicitados un derecho de prioridad basado en una solicitud internacional de patente previa, presentada el 26 de octubre de 2017.
Aunque se concedió el registro de todos los dibujos comunitarios solicitados, tanto el examinador como la Sala de Recursos de la EUIPO denegaron la prioridad reivindicada porque se había superado el plazo de 6 meses regulado en el Reglamento 6/2002. Ello en virtud de los siguientes argumentos:
Recurso ante el TGUE:
La decisión de la Sala de Recursos fue posteriormente recurrida por KaiKai ante el TGUE con base en las siguientes alegaciones:
Tras analizar los diferentes argumentos presentados por las partes, el TGUE finalmente estima el recurso interpuesto por KaiKai:
Por todo lo expuesto, el TGUE da la razón a KaiKai y establece que la Sala de Recurso incurrió en error en su decisión dado que el plazo de prioridad aplicable a la solicitud del conjunto de dibujos o modelos comunitarios era de 12 meses (por estar originado por una solicitud de patente anterior) y no de 6 meses.
En cualquier caso, esta decisión ha sido objeto de un nuevo recurso que se encuentra pendiente ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, por lo que estaremos pendientes del avance de esta cuestión.
Ainhoa Rey Asociada