Recientemente se ha fijado la cuantía del SMI (Salario Mínimo Interprofesional) con efectos retroactivos desde 1 de septiembre de 2021. En concreto, se ha establecido en 32,17 euros diarios o 965 euros mensuales, según si el salario está fijado por días o por meses. En todo caso, si sus empleados ya tienen un salario bruto superior a dichos importes, el aumento del SMI no le afecta. A estos efectos:
En cualquier caso, si abona salarios en especie o conceptos extrasalariales sí que deberá garantizar que sus empleados perciban, como mínimo, el importe del SMI en conceptos salariales dinerarios.
Si sus empleados ya cobran más de 965 euros brutos al mes, no debe aumentar los salarios aunque el concepto de salario base sea inferior a 965 euros.
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