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Manuel Rodríguez Mondelo - Ramón Margarit Panicello

Desde BETA LEGAL intentamos mentalizar a nuestros clientes que el procedimiento concursal puede resultar una buena herramienta para solventar una situación de crisis empresarial. A pesar de que resulta relativamente impopular, tanto desde el punto de vista del orgullo profesional como de la continuidad de las compañías, la realidad es que el concurso de acreedores se puede considerar una “operación financiera”. Cuando las entidades de crédito no facilitan la financiación, resulta muy útil para conseguir un aplazamiento en el pago de los adeudos y una quita en los mismos, que compense los costes ciertamente elevados de este tipo de procedimientos.

Con anterioridad, las empresas trabajaban con crédito de sus proveedores y, por ello, evitaban al máximo el procedimiento concursal, que les llevaba a perder dicho crédito. Sin embargo, la realidad actual de las PYMES es que han de trabajar sin crédito con sus proveedores habituales, con lo que se evita uno de los problemas míticos del concurso de acreedores.

La persistencia de la crisis que nos acucia allana el camino para que cualquier empresa pueda aprovecharse de las ventajas que la normativa concursal ofrece a las empresas. También hemos de recordar que el objetivo primordial de la Ley Concursal es conseguir la continuidad de las empresas y no lo contrario, como muchos empresarios piensan.

No podemos olvidar que ese procedimiento concursal no es la panacea. Recordemos que los particulares y, por tanto, los profesionales y empresarios autónomos no pueden limitar las deudas contraídas en su actividad por vía concursal, como ocurre con las sociedades mercantiles. En su caso, las herramientas que se han de utilizar evidentemente han de ser otras.

Puede ser una solución adecuada adoptar un acuerdo de refinanciación para evitar o postergar la declaración de concurso, con los acreedores. Otro mecanismo útil sería la dación en pago, para garantizar la continuidad de la empresa que perderá parte de su patrimonio, pero que conseguirá eliminar gran parte de sus deudas.

En definitiva, tanto mediante concurso como sin él, existen medidas para paliar situaciones de crisis, tales como la reclamación de los créditos pendientes de cobro,  en la recuperación del IVA de los mismos,  en las posibles regularizaciones de trabajadores (mediante ERE o de forma individual) y un largo etcétera de mecanismos para conseguir la supervivencia de las empresas en situación de crisis.