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Mediante el “Stalking” -nueva modalidad del delito de acoso- se condenan conductas de acoso  que conlleven persecución, llamadas insistentes, hostigamiento sin que se requiera intimidación ni violencia.

Este nuevo delito está destinado a ofrecer respuesta a conductas de indudable gravedad que, en muchas ocasiones no podrian ser calificadas como coacciones o amenazas. “Se trata de todos aquellos supuestos en los que, sin llegar a producirse el anuncio explícito o no de la intención de causar algun mal – amenazas- o el empleo directo de la violencia para coartar la libertad de la víctima – coacciones-, se producen conductas reiteradas por medio de las cuales se coarta gravemente la libertad y sentimiento de seguridad de la víctima, a la que se somete a persecuciones o vigilancias constantes, llamadas reiteradas u otros actos de hostigamiento”

Descárgate la  Sentencia_Stalking