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El juzgado social 19 de Barcelona declara la incapacidad permanente absoluta a nuestra cliente por padecer trastorno depresivo mayor grave.

Nuestra cliente era de profesión moza de almacén. Estuvo un largo período de baja, debido a sus dolencias físicas y a su enfermedad depresiva. En diciembre del 2015 solicitó la incapacidad permanente. Veía que por mucho que siguiera de baja no se iba a recuperar de su enfermedad y por ese motivo acudió a nuestro despacho.

La Seguridad Social denegó la incapacidad permanente a nuestra cliente. No estuvimos de acuerdo con dicha denegación y presentamos la correspondiente reclamación previa.

El tribunal médico (ICAM) reconoció “presunción de incapacidad permanente”, pero el INSS dictó resolución denegando de nuevo el derecho a dicha invalidez.

No estaba justificado el motivo de su denegación. El INSS había pasado por alto dicho Trastorno depresivo mayor grave, crónico y de mala evolución. La resolución era manifiestamente injusta e interpusimos demanda judicial.

Sentencia estimatoria del Juzgado de lo Social.

La Magistrada del Juzgado de lo Social nº 19 de Barcelona estimó nuestras alegaciones concediendo la incapacidad permanente absoluta con la siguiente argumentación:

“Valorando la totalidad de informes y pruebas diagnósticas obrantes en autos, acreditada la persistencia de la patología psiquiátrica, diagnosticada como trastorno depresivo mayor grave y su negativo pronóstico evolutivo, sin perjuicio que pueda experimentar mejoría clínica en un futuro que permita una reinserción laboral, deben valorarse las dolencias declaradas probadas en su conjunto y evolución actual como constitutivas de una incapacidad permanente absoluta, […]”.

Comparte nuestra tesis que la enfermedad que padece es crónica y grave y tributaria de invalidez absoluta.

En la actualidad nuestra cliente está cobrando su pensión por invalidez absoluta por Trastorno depresivo mayor grave.

Te adjuntamos la sentencia para examen:

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