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A raíz de la sentencia del Tribunal Supremo, de 23 de diciembre de 2015, por la cual, entre otras, analizaba la abusividad de la cláusula que atribuía todos los gastos de la constitución de una hipoteca al consumidor, la interpretación de los juzgados ha sido variada, lo que creaba inseguridad y diferencias de criterio, extremo que ya pusimos de manifiesto en anteriores artículos.

Ello creaba confusión en las expectativas de los posibles afectados, que hemos notado por las consultas recibidas al respecto. Conscientes de ello, en todo momento hemos mantenido una postura prudente, siguiendo los criterios de los Juzgados y Tribunales de Barcelona, que al final han resultado ser coincidentes con los del Tribunal Supremo.

En definitiva, el Tribunal Supremo ha aclarado en dos resoluciones que el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados derivado de la constitución de una hipoteca es un gasto que debe de asumir el consumidor, pues este es el sujeto pasivo del impuesto, por lo que se mantiene en la línea de la jurisprudencia constante del propio Tribunal Supremo, en su Sala Contenciosa Administrativa.

En cuanto a los demás gastos notariales, el Tribunal Supremo aclara que se abonará por partes iguales, entre la entidad bancaria y el consumidor.

Todavía no tenemos los textos de las resoluciones, pero el propio Tribunal Supremo, en nota de prensa, ha avanzado dicho criterio establecido en las mismas, por lo que, en el momento en que se publiquen, efectuaremos un análisis más concreto.

Dado que, en la mayoría de los casos, el gasto de mayor cantidad en el momento de constituir una hipoteca es precisamente el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados, y que los demás gastos deben de ser abonados por partes iguales, antes de emprender una reclamación únicamente por estos conceptos, recomendamos previamente un estudio de su viabilidad.

Como siempre, en nuestro despacho podrá realizar un estudio de su caso particular y determinar la conveniencia de una reclamación judicial. Si lo desea puede utilizar el área de contacto y atenderemos su consulta.