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Si ha sido agraciado con un premio, recuerde cómo debe tributar.

Los premios de Loterías y Apuestas del Estado, comunidades autónomas, ONCE, Cruz Roja Española y entidades análogas europeas tributan en el IRPF a un tipo fijo del 20%. A estos efectos, en el momento del cobro se practica una retención por dicho porcentaje, retención que debe practicar el organismo pagador del premio.

No obstante, recuerde que en 2019 dicha tributación sólo afecta a los premios cuyo importe íntegro supere los 20.000 euros, los cuales tributan por la cuantía que exceda de dicho límite (hasta 20.000 euros, disfrutan de exención).

Esta exención se aplica de forma independiente respecto de cada décimo, fracción o cupón de lotería o apuesta premiado. Así pues, en el caso de premios compartidos (grupo de amigos o parientes, peñas, cofradías...), en los que el premio se reparte entre todos los participantes, los 20.000 euros exentos se deben repartir entre todos los beneficiarios en proporción a su porcentaje de participación.

Por ejemplo, si usted y un amigo juegan a medias un décimo de Lotería de Navidad de 2019 que resulta premiado con 50.000 euros, a cada uno le corresponderá 25.000 euros, de los que 10.000 euros estarán exentos. En este caso, su tributación individual será de 3.000 euros: (25.000 - 10.000) x 20% (el neto que percibirá cada uno será, por tanto, de 22.000 euros).

Fuente: Pleta Auditores

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