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El Supremo confirma que la incongruencia entre calificación y sanción no conlleva la nulidad si es en favor del trabajador

La sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, sec. 1ª, de 10 de junio de 2025, nº 559/2025, rec. 3011/2023, considera que la sanción disciplinaria impuesta a una persona trabajadora no debe ser declarada nula por no existir correspondencia entre la calificación de la infracción (muy grave) y la sanción que se le impone (correspondiente a faltas graves).

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