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El derecho del consejero ejecutivo a ser indemnizado si no se acredita incumplimiento imputable

La sentencia de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, sec. 1ª, de 16 de julio de 2025, nº 1149/2025, rec. 4101/2020, reconoce el derecho del consejero ejecutivo a la indemnización por cese, prevista en los estatutos, cuando la sociedad no acredita el incumplimiento imputable que justifique la denegación, sin perjuicio de que tanto el acuerdo del consejo, como la posterior ratificación, mediante un acuerdo de la junta general, podían haber sido objeto de impugnación.

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