
Es posible invalidar notificaciones electrónicas de la Administración, aun siendo técnicamente correctas, si se dan circunstancias especiales
Las personas que se relacionan con la Administración telemáticamente deben acceder a sus notificaciones entrando en su área personal en la web del organismo correspondiente, que suele remitir un correo electrónico (aunque no es obligatorio) anunciando la puesta a disposición del documento. Y si en el plazo de diez días desde la puesta a disposición no acceden a dicho documento, se las da por notificadas.
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