
El Supremo descarta apropiación indebida en un caso de hipoteca no cancelada
El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado que el incumplimiento de una obligación contractual, como no cancelar una hipoteca, no siempre constituye un delito penal. En este caso, el acusado había firmado un contrato de compraventa con un matrimonio, recibiendo dinero y un piso a cambio de su vivienda. Sin embargo, no cumplió con su obligación de cancelar la hipoteca de la vivienda entregada, lo que llevó a la ejecución de la hipoteca y a que el matrimonio perdiera ambas viviendas.
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