
No se puede revisar una sentencia firme solo porque se haya presentado una demanda de desahucio por precario en vez de solicitar el desalojo del deudor dentro del proceso de ejecución hipotecaria
La sentencia de la Sala de lo Civil el Tribunal Supremo, sec. 1ª, de 23 de octubre de 2024, nº 1381/2024, rec. 89/2021, rechaza la revisión de sentencia por no ser motivo para ello el que se hubiera formulado una demanda de desahucio por precario en lugar de instar el lanzamiento del deudor en el procedimiento de ejecución hipotecaria, pues no puede afirmarse que la sentencia cuya revisión se pretende se haya ganado injustamente por el mero hecho de haber recaído en un procedimiento inadecuado, lo que cambiaría si se hubiese ganado injustamente el juicio por haberse impedido la defensa del demandado.
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