En los datos fiscales y en el borrador que Hacienda pondrá a disposición de los obligados tributarios, se ofrecerá un mayor detalle de los rendimientos derivados del arrendamiento de inmuebles, incluyendo un cálculo de las amortizaciones. Hacienda calcula las amortizaciones de los inmuebles heredados o donados solo sobre el coste de las inversiones y mejoras efectuadas en el inmueble y los gastos y tributos inherentes a la adquisición.
El 18 de marzo de 2021 se ha publicado la Orden HAC/248/2021, de 16 de marzo, que aprueba los modelos de declaración del IRPF y del Impuesto sobre el Patrimonio de 2020. El plazo general de presentación del borrador de declaración de IRPF y de las declaraciones de ambos impuestos estará comprendido entre el 7 de abril y el 30 de junio de 2021.
No obstante, cuando se opte por la domiciliación bancaria, como regla general, el plazo finalizará el 25 de junio de 2021. Como excepción, el plazo finalizará el 30 de junio de 2021 para las declaraciones de IRPF en las que se opte por el pago en dos plazos, si solo se domicilia el segundo pago.
Desde el 7 de abril, se podrán obtener los datos fiscales y el borrador de la declaración de IRPF desde la sede electrónica de la AEAT.
Según se indica en la orden, Hacienda ha mejorado la información que proporciona al contribuyente, entre otras cuestiones, en relación con los rendimientos de capital inmobiliario, incluyendo el cálculo de la amortización de los inmuebles a partir de los datos facilitados en la renta de 2019. En relación con esta amortización, sin embargo, conviene tener en cuenta que, en los inmuebles heredados o recibidos en donación, la AEAT viene siguiendo un criterio que ya está siendo discutido por los tribunales: