Togas.biz

Qué es el modelo 130? ¿Para qué sirve?

El modelo 130 es un modelo que los autónomos tienen que presentar trimestralmente para liquidar el pago fraccionado del IRPF.

Este modelo es obligatorio para aquellas personas físicas que tienen actividades económicas en régimen de estimación directa normal o simplificada.

Lo que se declara en el modelo 130 es el rendimiento neto acumulado del ejercicio, es decir, la diferencia entre los gastos fiscalmente deducibles y los ingresos obtenidos.

En cada trimestre se suma los rendimientos acumulados del ejercicio, pero sólo se aplicará el porcentaje del 20% al trimestre que corresponda la declaración, siempre y cuando tengas beneficio.

Si a finales de año con los cuatro anticipos que se han hecho has pagado más de lo que te corresponde, la declaración de la renta te saldría a devolver. Pero si por el contrario has ganado mucho, los anticipos a cuenta no serian suficientes y te saldría a pagar.

Ya sabemos que es el modelo 130, pero sabes…

¿Quién tiene la obligación de presentar el modelo 130?

A continuación, te explico quienes están obligados a presentarlo y las excepciones que hay.

  • Todas aquellas personas físicas y comunidades de bienes que ejerzan actividades económicas y estén dadas de alta en estimación directa están obligadas a presentar modelo 130. Aquellos autónomos que estén en el sistema a módulos presentaran el modelo 131.
  • No estarán obligados a efectuar pagos fraccionados aquellos autónomos cuya actividad económica sea agrícola, ganadera y forestal, siempre y cuando al menos un 70% de sus ingresos han sido objeto de retención o ingreso a cuenta.
  • No estarán obligados a presentar este impuesto aquellos autónomos que realicen actividades profesionales, siempre y cuando el 70% de sus ingresos hubieran tenido retención o ingreso a cuenta en el ejercicio anterior. Si al presentar el modelo 036/037 se hubiera marcado la obligación de presentar modelo 130 si que estaría obligado a presentarlo.
  • Si tienes una comunidad de bienes o una sociedad civil, el pago fraccionado se efectuará por cada uno de los socios dependiendo del porcentaje de participación en función del beneficio obtenido.

¿Cuándo se debe presentar el modelo 130?

El modelo 130 como hemos comentado anteriormente, es un modelo trimestral por lo que estos son los plazos en los que se tendría que presentar el impuesto:

  • Primer trimestre: del 1 al 20 de abril, ambos inclusive.
  • Segundo trimestre: del 1 al 20 de julio, ambos inclusive.
  • Tercer trimestre: del 1 al 20 de octubre, ambos inclusive.
  • Cuarto trimestre: del 1 al 30 de enero, ambos inclusive.

Estos plazos son siempre y cuando el último día sea hábil. Si el último día que se presenta el impuesto fuese festivo se aplaza hasta el siguiente día hábil.

El plazo para presentar el modelo 130 por domiciliación bancaria, sería del 1 al 15 de abril, julio y octubre y del 1 al 25 de enero.

No obstante, esta información está disponible en la página de la AEAT en calendario del contribuyente.

¿Cómo se presenta el modelo 130?

El modelo 130 se puede presentar por vía electrónica si se dispone de Firma Digital o DNI Electrónico a través de la página web de la Agencia Tributaria.

Si no se dispone de firma electrónica la persona que realice este trámite tiene que estar autorizada para presentar declaraciones a terceros y para ello tiene que estar de alta como colaborador o como apoderado.

La otra forma de presentar el modelo 130 es por NRC. ¿Qué es el NRC?

Es un código generado automáticamente por la entidad bancaria en el cual consta toda la información como:

  • NIF,
  • importe,
  • modelo,
  • ejercicio y
  • periodo.

Este código consta de 22 dígitos y sirve para identificar la operación, sirviendo de un justificante de pago.

Pero debes tener en cuenta que, aunque se haya pagado en la entidad bancaria no quiere decir que la declaración este presentada, es decir, que el código que te ha proporcionado tu entidad bancaria sirve para poder tramitar la declaración y para ello tienes que entrar en la página de la Agencia Tributaria y presentar la declaración.

¿Como se cumplimenta el modelo 130?

El modelo 130 se debe cumplimentar desde la página de la Agencia tributaria y los pasos a seguir son los siguientes:

Como se puede observar el modelo 130 consta de varios apartados, a continuación, te explicamos brevemente como cumplimentar las casillas:

  1. Declarante: en este apartado se tiene que poner el NIF, nombre y apellidos.
  2. Devengo: se indica el periodo trimestral utilizando las abreviaturas 1T,2T, 3T y 4T y el ejercicio al que corresponde (año).
  3. Liquidación: aquí es donde se indica toda la información de tus ingresos y gastos para saber lo que tienes que pagar.

Consta de tres subapartados:

  • El apartado I es donde la mayoría de los autónomos indican los gastos e ingresos que han obtenido a lo largo del año. Ten en cuenta que este modelo es acumulativo por lo que cuando se presente el segundo, tercer y cuarto trimestre debes de acumular todos los gastos e ingresos de los trimestres anteriores.
  • El apartado II sólo tienes que cumplimentarlo si realizas una actividad agrícola, ganadera, forestal y pesquera.
  • El apartado III es el resultado de la liquidación, es decir, lo que te sale a pagar.

Ana Belén Andrés Sánchez

Fuente: ASEPYME

Source