Togas.biz

El Pleno de la Sala primera del Tribunal Supremo ha analizado en una sentencia dos cuestiones:

  • por una parte, la suficiencia de un poder con especificación de la facultad de vender o enajenar bienes inmuebles, sin designación de los bienes concretos sobre los que el apoderado puede realizar las facultades conferidas;
  • y, por otra parte, si se ha producido un abuso del poder de representación y si los terceros tenían o podían tener conocimiento del carácter abusivo o desviado del acto de ejercicio del poder.

La Sala analiza un caso en el que el hijo de la demandante, utilizando un poder otorgado por su madre el mismo día y ante otro notario distinto, realizó una operación financiera consistente en un préstamo en el que se ofreció como garantía una opción de compra sobre la vivienda de la demandante, por un importe inferior al 50% de su valor de mercado.

En este enlace puedes consultar la sentencia y la Nota Sala de lo Civil.

Fuente: Sociquick, s.l

Source