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La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), acordó el 18 de octubre de 2018 la especialización en materia de propiedad industrial de varios juzgados de lo mercantil en las CCAA de Andalucía, Galicia, País Vasco y Canarias, sumándose a los ya existentes en Cataluña, Madrid y Comunidad Valenciana.

La resolución definitiva de este acuerdo, se publicó en el BOE el pasado 14 de noviembre, por medio de la Comisión Permanente del CGPJ, designando como competentes:

  • Granada – Juzgado de lo Mercantil número 1 (del TSJ de Andalucía)
  • Las Palmas de gran Canaria – Juzgado de lo Mercantil número 1 (del TSJ de Canarias)
  • A Coruña – Juzgado de lo Mercantil número 1 (del TSJ de Galicia)
  • Bilbao – Juzgado de lo Mercantil número 2 (del TSJ del País Vasco).

Protección Jurídica del Diseño Industrial

En el mismo acuerdo del CGPJ se refleja la distribución, por materias, de propiedad industrial de todos los juzgados de lo mercantil designados dentro del territorio nacional en aplicación del art. 118.3 de la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes, de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas, y de la Ley 20/2003, de 7 de julio, de Protección Jurídica del Diseño Industrial, quedando del siguiente modo:

  • CATALUÑA – Juzgados de lo Mercantil números 1, 4 y 5 de Barcelona: litigios civiles derivados de la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes y litigios civiles derivados de la Ley 20/2003, de 7 de julio, de Protección Jurídica del Diseño Industrial. Juzgados de lo Mercantil números 2, 6, 8 y 9 de Barcelona: litigios civiles derivados de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas.
  • MADRID – Juzgados de lo Mercantil números 6, 7, 8, 9, 10 y 11 de Madrid: litigios civiles derivados de la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes; litigios civiles derivados de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y litigios civiles derivados de la Ley 20/2003, de 7 de julio, de Protección Jurídica del Diseño Industrial.
  • COMUNIDAD VALENCIANA – Juzgado de lo Mercantil número 2 de Valencia: litigios civiles derivados de la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes. Juzgados de lo Mercantil números 1 y 3 de Valencia: litigios civiles derivados de la Ley 20/2003, de 7 de julio, de Protección Jurídica del Diseño Industrial y litigios civiles derivados de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas.
  • ANDALUCÍA – Juzgado de lo Mercantil número 1 de Granada: litigios civiles derivados de la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes; litigios civiles derivados de la Ley 20/2003, de 7 de julio, de Protección Jurídica del Diseño Industrial y litigios civiles derivados de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas.
  • CANARIAS – Juzgados de lo Mercantil números 1 de Las Palmas de Gran Canaria: litigios civiles derivados de la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes; litigios civiles derivados de la Ley 20/2003, de 7 de julio, de Protección Jurídica del Diseño Industrial y litigios civiles derivados de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas.
  • GALICIA – Juzgado de lo Mercantil número 1 de A Coruña: litigios civiles derivados de la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes; litigios civiles derivados de la Ley 20/2003, de 7 de julio, de Protección Jurídica del Diseño Industrial y litigios civiles derivados de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas.
  • PAÍS VASCO – Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao: litigios civiles derivados de la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes; litigios civiles derivados de la Ley 20/2003, de 7 de julio, de Protección Jurídica del Diseño Industrial y litigios civiles derivados de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas.

Con esta ampliación de competencias jurisdiccionales, se pretende conjugar los principios de cercanía y descentralización junto con el de especialización, tan necesario dada la complejidad de estas materias en Propiedad Industrial, así como optimizar, tanto los recursos materiales como los personales, y agilizar la tramitación del procedimiento así como la unificación de criterios a aplicar.

Los juzgados de lo mercantil especializados tendrán un ámbito territorial mixto, autonómico y nacional, de forma que el demandante puede elegir en cada caso el órgano judicial más próximo para presentar su reclamación, aunque esté fuera de su Comunidad Autónoma.

Este acuerdo de Registros de Marcas, Patentes, y Propiedad Intelectual surtirá efectos a partir del próximo 1 de enero de 2019.

En ALVAMARK, como Bufete técnico jurídico, prestamos servicios y asesoramiento completo en acciones judiciales en el área de propiedad industrial.

Publicación BOE: https://www.boe.es/boe/dias/2018/11/14/pdfs/BOE-A-2018-15544.pdf