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¿Que es el Modelo 115?

El modelo 115 es un modelo de liquidación mediante el cual los autónomos y sociedades realizan la declaración trimestral de las retenciones por alquileres.

Por lo tanto, si ejerces tu negocio en un despacho, taller o cualquier espacio determinado de trabajo tendrás la obligación de declarar ante la AEAT como arrendatario las retenciones del IRPF sobre los inmuebles urbanos.

Además de la declaración trimestral, tiene como modelo complementario el modelo 180 que es el resumen anual de todos los modelos 115.

Hay que detallar la cuantía que se ha dejado de pagar al arrendador a cuenta del IRPF en el caso de ser una persona física, o el impuesto sobre sociedades, si se trata de una persona jurídica.

Ya sabemos que es el modelo 115, pero, ¿sabes quién tiene la obligación de presentar este modelo?

¿Quien tiene la obligación de presentar el modelo 115?

Estarán obligados a presentar el modelo 115 autónomos y pymes donde haya un contrato de arrendamiento de un inmueble urbano y este se encuentre afecto a la actividad económica.

Pero nos podemos encontrar una serie de exenciones que serían las siguientes:

  • Alquileres de vivienda que las empresas paguen a sus empleados.
  • El alquiler no supere la cantidad de 900 euros.
  • Se debe acreditar que el arrendatario tribute por alguno de los epígrafes del grupo 861 o 861.1.
  • Cuando se trate de un arrendamiento financiero, es decir, leasing o renting.
  • Las rentas obtenidas por entidades exentas establecidas en el artículo 9.1 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.

Si es tu caso, elimina las preocupaciones que te genera el no saber cómo gestionar todo lo relacionado con el modelo 115, contacta con nosotros y te explicaremos cómo podemos ayudarte.

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Una vez llegados a este punto, te vamos a explicar paso a paso cómo se rellena el modelo para solventar todas tus dudas y que no tengas ningún tipo de preocupación.

¿Cómo se rellena el modelo 115?

El modelo 115 es sencillo de cumplimentar y se puede presentar por diversas formas:

  • Presentación electrónica (con certificado digital)
  • Papel impreso presentándolo ante cualquier entidad bancaria colaboradora.

Lo primero que tenemos que hacer es identificarnos y consignar tanto el año como el trimestre, una vez hecho esto tenemos que rellenar las cinco casillas que se encuentran en el apartado de liquidación.

Vamos a explicar cada casilla y como completarlas:

  • Casilla 1ª: Hay que especificar el número de perceptores sean empresas o personas físicas a las que les pagamos el alquiler.
  • 2ª casilla: En esta casilla se indicará la base de las retenciones e ingresos a cuenta, es decir, la cantidad bruta obtenida antes de la aplicación de las retenciones.
  • Casilla 3: En esta casilla se indicará el porcentaje de retenciones aplicado durante el trimestre completo.
  • Casilla 4: Esta casilla está destinada a una declaración complementaria a otra anterior por el mismo periodo y el mismo año.

Cabe la posibilidad de que nos podamos equivocar a la hora de rellenar el modelo, y en este caso, Hacienda nos da la opción de presentar de nuevo el formulario de forma complementaria.

Sólo en este caso tendremos que anotar el resultado de la anterior liquidación.

  • Y casilla 5: Esta casilla pondremos el resultado a ingresar y debe coincidir con la casilla 3, en el caso de haber una declaración complementaria será la diferencia entre la casilla 3 y la casilla 4.

Para que lo entiendas mejor, vamos a exponer el siguiente ejemplo:

Imaginemos que tenemos un local alquilado, con un único propietario y con una base de retenciones de 1.000 euros, si aplicamos una retención del 15% pero posteriormente nos damos cuenta que la retención es de un 19%. ¿Cómo se completaría nuestro modelo 115?

Modelo 115 Modelo 115 “ Declaración complementaria”
Casilla 1 Número Perceptores
Casilla 2 Base Retenciones 1.000 euros 1.000 euros
Casilla 3 Retenciones e ingresos (15%) 150 euros (19%) 190 euros
Casilla 4 Resultado anterior 150 euros
Casilla 5 Resultado a ingresar 150 euros 190-150= 40 euros

Ya sabemos cómo se rellena el modelo 115 pero no hay que olvidar cuando hay que presentarlo.

¿Cuando se presenta el modelo 115?

El modelo 115 como hemos comentado anteriormente, es un modelo trimestral en el caso de autónomos y pymes (en el caso de grandes empresas se presentaría mensualmente).

Por lo tanto se presentaría:

  • Primer trimestre: del 1 al 20 de Abril.
  • Segundo trimestre: del 1 al 20 de Junio.
  • Tercer trimestre: del 1 al 20 de Octubre.
  • Cuarto trimestre: del 1 al 20 de Enero.

Importante: En el caso de coincidir con un sábado, domingo o festivo se presentará el siguiente día hábil.

Por último, que ocurre con la declaración anual, es decir, ¿quién está obligado a la presentación del resumen anual o modelo 180?

Resumen Anual o Modelo 180

El modelo 180 es el resumen anual de las retenciones e ingresos a cuenta, es decir, es el resumen anual del modelo 115.

Tendremos que detallar la identidad de los perceptores y las referencias catastrales de los inmuebles que sean objeto de retención de nuestros contratos de alquiler.

Este modelo se deberá presentar entre los días 1 y 31 de Enero de cada año, donde se reflejarán las cantidades retenidas y los ingresos a cuenta que se hayan efectuado durante el año natural inmediatamente anterior.

Ahora ya sabes que es y cómo se presenta el modelo 115, pero si tienes cualquier duda o te supone un quebradero de cabeza desde asepyme te podemos ayudar a la hora de confeccionar el modelo 115. Contacta con nosotros y te explicaremos como podemos ayudarte.

Si es tu caso, elimina las preocupaciones que te genera el no saber cómo gestionar todo lo relacionado con el modelo 180, contacta con nosotros y te explicaremos cómo podemos ayudarte.


Fuente: ASEPYME

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