El pasado 11 de julio de 2019 el DOUE publicó el Reglamento (UE) 2019/1150, sobre el fomento de la equidad y la transparencia para los usuarios profesionales de servicios de intermediación en línea.
El Reglamento, que forma parte de las iniciativas legislativas referidas al Mercado Único Digital, entrará en vigor a los 20 días de su publicación y será de aplicación directa para todos los Estados Miembros a partir del 12 de julio de 2020.
El Reglamento de Transparencia es aplicable a proveedores de servicios de intermediación en línea (mercados colaborativos, servicios de aplicación de software en línea, redes sociales o tiendas de aplicaciones, por ejemplo) y a proveedores de motores de búsqueda (incluyendo las búsquedas solicitadas mediante voz), que se faciliten o cuyo uso se proponga a los usuarios profesionales y usuarios de sitios web corporativos cuyo lugar de establecimiento o domicilio se sitúe en la Unión y que, por medio de servicios de intermediación en línea o motores de búsqueda en línea, ofrezcan bienes o servicios a los consumidores ubicados en la Unión.
En cambio, el Reglamento no es aplicable a los servicios de pago en línea, ni a herramientas de publicidad en línea, ni a las plataformas de intercambios publicitarios en línea cuya finalidad no sea la de propiciar el inicio de transacciones directas y que no impliquen una relación contractual con los consumidores. Tampoco se aplicará cuando no participen usuarios profesionales, ni a los servicios de intermediación en línea exclusivamente entre empresas sin oferta a los consumidores.
Según destaca la Exposición de Motivos, los usuarios profesionales dependen, cada vez más, de los servicios de intermediación en línea para llegar a los consumidores finales. Dicha dependencia supone una mayor capacidad de negociación de los proveedores de los servicios de intermediación, quienes pueden actuar unilateralmente, de manera injusta y perjudicando los intereses legítimos de los usuarios profesionales. Los motores de búsqueda, por su parte, pueden influir en el éxito comercial de los usuarios que ofrecen sus bienes y servicios a través de sitios web. El Reglamento pretende establecer un entorno digital más transparente, equitativo y fiable para aquellos usuarios profesionales que usan los servicios de los prestadores y motores de búsqueda.
Entre las principales obligaciones que el Reglamento de Transparencia impone a los prestadores de servicios de intermediación y motores de búsqueda, destacamos las siguientes:
Además, el Reglamento de Transparencia establece ciertas obligaciones de información (por ejemplo, respecto al acceso técnico y contractual a datos de carácter personal), y establece que los servicios de intermediación en línea deberán disponer de sistemas de resolución de controversias (mecanismos internos y gratuitos de tramitación de reclamaciones, colaboración con mediadores y legitimación de asociaciones y organizaciones).
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