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Como ya hemos informado a través de nuestro blog, a finales de agosto de este año WhatsApp cambió sus Términos y Políticas de privacidad, permitiendo así que Facebook accediera a los datos de los usuarios.

Más allá de la repercusión mediática de esta decisión, no han sido pocas las reacciones que se han producido por parte de distintas autoridades considerando las consecuencias de dicha decisión des de un punto de vista de la legislación de protección de datos de carácter personal.

A las reacciones de la Autoridad de protección de datos de Hamburgo (que ya comentamos en nuestro blog), primero, y más recientemente la Agencia Española de Protección Datos (también comentada aquí), se ha sumado ahora la del llamado Grupo de Trabajo del Artículo 29 (“GT29”), órgano consultivo independiente integrado por las autoridades de protección de datos de los países de la Unión Europea, mostrando su clara preocupación por el intercambio de datos entre las aplicaciones de WhatsApp y de Facebook.

En particular, dicho GT29 ha remitido una carta formal al consejero delegado y cofundador de la empresa de mensajería instantánea en la que cuestionan la legalidad del intercambio de datos de los usuarios entre ambas aplicaciones y, en esencia, la validez del consentimiento prestado por los sus usuarios e insta a WhatsApp a que dicho intercambio sea suspendido hasta que las garantías legales sean suficientemente garantizadas.

A mayor abundamiento, el GT29 anuncia una inminente actuación coordinada de las autoridades europeas de protección de datos a fin de garantizar el íntegro cumplimiento de los principios y derechos establecidos en la legislación europea de protección de datos.

Seguiremos pendientes de los siguientes pronunciamientos que se produzcan en relación con este asunto.

Cláudia Ros y Jean-Yves Teindas

Fuente: Cuatrecasas, Gonçalves Pereira

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