Existen familias que no pueden hacer frente a las cuotas de las hipotecas. La falta de ingresos les impide afrontar sus pagos y en ocasiones, acuden a la Ley de Segunda Oportunidad. Una de las consultas más frecuentes es si podrán hacer una dación en pago, cosa que vamos a intentar aclarar en la medida de lo posible.
La dación en pago es un acuerdo entre la entidad bancaria y el deudor para saldar la deuda provocada por un préstamo hipotecario a cambio de quedarse con la vivienda o inmueble hipotecado.
Sí que es posible. Normalmente, dentro del procedimiento de “Segunda Oportunidad”, los bancos suelen aceptar la dación en pago para no someterse a un proceso de ejecución hipotecaria. En ocasiones, además, aquellas personas que se encuentran en riesgo de exclusión social, pueden optar a un “alquiler social” amparándose en las siguientes leyes:
Los requisitos, de forma resumida, son los siguientes:
Cada caso merece un estudio pormenorizado de la situación. En GAC somos expertos en solucionar crisis económicas y buscamos la mejor solución amparándonos en la Ley de Segunda Oportunidad.
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