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La intervención de peritos es algo muy habitual en cualquier procedimiento de justicia ordinaria y, especialmente, en procedimientos arbitrales.

Si una empresa se encuentra inmerso en un proceso litigioso o en un contexto pre-litigioso, generalmente, requerirá los servicios de abogados y en función de la materia tratada, éstos precisarán expertos en otras áreas, que le asesoren y se encarguen de desarrollar y defender su posición en el litigio. Un asesor, ya sea legal o de otro ámbito, defenderá los intereses de su cliente por encima de cualquier otro interés.

Sin embargo, la figura del perito (expert witness) es distinta dentro de un procedimiento de justicia ordinaria o arbitral y, si bien un perito también se debe a su cliente, su principal obligación es frente al tribunal de justicia o arbitral. Según la definición de The Royal Institution of Chartered Surveyors (RICS) “An expert witness is a person engaged to give an opinion based on experience, knowledge, and expertise. The overriding duty of an expert witness is to provide independent, impartial, and unbiased evidence to the court or tribunal”.

El papel y las obligaciones de los peritos en procedimientos legales y arbitrales ha evolucionado a lo largo de los años, no obstante, en la sentencia emitida en la década de los 90, relativa al caso “Ikarian Reefer”, se plasmó un resumen muy acertado de las principales obligaciones de los peritos frente a los jueces y tribunales arbitrales (Ver documento).

El caso se refería al encallamiento del buque “Ikarian Reefer” y posterior incendio del mismo, lo que provocó su abandono en la costa de Sierra Leona. La cuestión que se debatía era si los actos fueron deliberados o accidentales y gran parte de la prueba se sustentó en la intervención de diversos peritos.

En el transcurso del procedimiento, el juez consideró que varios de los peritos malinterpretaron sus deberes y obligaciones y elaboró un resumen de cuáles eran dichos deberes y obligaciones. Una traducción libre de lo que se establecía en dicha sentencia en relación a los peritos, es la siguiente:

  • La prueba pericial presentada ante el Tribunal debe ser considerada como un producto independiente de un experto no influenciado por el contenido del litigio.
  • El perito debe ofrecer asistencia de forma independiente al Tribunal por medio de una opinión objetiva e imparcial en relación con asuntos dentro de su experiencia. Un perito nunca debe asumir el papel de abogado.
  • Un perito debe indicar los hechos o supuestos en los que se basa su opinión. No debería dejar de considerar hechos que resten valor a su opinión.
  • Un perito debe aclarar cuándo una pregunta o problema en particular queda fuera de su experiencia.
  • Si la opinión de un experto no queda adecuadamente acreditada porque no se dispone de información suficiente, debe indicarse que la opinión es provisional.
  • Si después del intercambio de informes con otros expertos, el perito cambia su opinión sobre cuestiones materiales, dicho cambio de opinión debe ser comunicado a la parte contraria a la mayor brevedad y al Tribunal cuando corresponda.
  • Cuando la evidencia pericial se refiere a fotografías, planos, cálculos u otros documentos similares, se deben proporcionar a la parte contraria en el mismo momento de intercambio de informes.

Ya hemos indicado que estas consideraciones tuvieron lugar hace aproximadamente 25 años, sin embargo, algunas de ellas, siguen siendo fundamentales a la hora de examinar el papel y obligaciones de los peritos en la actualidad.

De este modo, se estableció la necesidad de que los peritos fueran independientes, imparciales y no estuvieran influenciados por el caso o por la parte contratante y, la cuestión más relevante, la labor del perito debía ser asistir al juez o tribunal por encima de los intereses de la parte que lo contrataba.

En algunas ocasiones, este requisito esencial en un perito es malinterpretado por parte de asesores legales y clientes, que tratan de usar a los peritos para apoyar sus argumentos en el caso en cuestión. Esto puede llegar a comprometer la independencia del perito y, por tanto, restar validez a su labor. El buen perito no accederá a esas pretensiones.

Un resumen de algunas de las principales obligaciones de un perito serían las siguientes:

  • La obligación principal del perito es frente al juez o el tribunal.
  • El perito debe ser independiente, imparcial y objetivo.
  • El perito no debe hacer nada que comprometiera su integridad.
  • Los honorarios profesionales del perito no deberían depender del resultado de la disputa.
  • El perito debe evitar cualquier conflicto de interés.
  • El perito debe tener un alto grado de conocimiento técnico y experiencia.

Manuel Alejandro Vargas

Fuente: BDO Abogados y Asesores Tributarios

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