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En la web de la Policía Nacional se trascribe la nota del Ministerio de Interior relativa al nuevo Resguardo de Presentación de Solicitud de Protección Internacional, destacando que se ha ampliado el período de validez hasta los 9 meses, y la incorporación al mismo del permiso de trabajo en el tiempo prescrito por la ley.

A continuación, transcribimos la nota:

“NOTA SOBRE EL NUEVO RESGUARDO DE PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD DE PROTECCIÓN INTERNACIONAL

La tendencia al alza del número de solicitudes de protección internacional en España es especialmente significativa, lo que ha exigido una adecuación de medios, protocolos y personal dedicado a su tramitación.

Este incremento ha generado en la misma proporción un aumento en la expedición del documento acreditativo de la condición de solicitante, en tramitación, Protección internacional (tarjeta roja).

Con el fin de reducir las listas de espera que origina la expedición de dicho documento se ha modificado el período de validez del Resguardo de Presentación de Solicitud de Protección Internacional hasta los 9 meses, incorporando al mismo el permiso de trabajo en el tiempo prescrito por ley.

Dicho resguardo entrará en vigor, a partir del momento de la reanudación de la formalización de las solicitudes de Protección Internacional en territorio español.”

Elvira Rodríguez
Equipo Jurídico Antonio Segura Abogados

Fuente: Antonio Segura Abogados & Gestores

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