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El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto-Ley sobre medidas sociales en defensa del empleo, que incluye la extensión de determinadas medidas de “escudo social” de los arrendatarios de vivienda en situación de vulnerabilidad, que fueron recogidas en el Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, adoptadas para paliar los efectos del COVID-19.

El pasado 30 de septiembre se publicó en el BOE el Real Decreto-Ley 30/2020, de 29 de septiembre, de medidas sociales en defensa del empleo. Si bien el objeto principal de dicha norma es otro, en su Disposición Final Cuarta prorroga algunas de las medidas sobre alquileres reguladas en el Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, adoptadas para paliar los efectos del COVID-19.

Esencialmente, el Real Decreto-ley amplía hasta el 31 de enero de 2021 el plazo máximo de suspensión del procedimiento de desahucio y de los lanzamientos para hogares vulnerables sin alternativa habitacional; además, extiende hasta el 31 de enero de 2021 la posibilidad de solicitar la moratoria o condonación parcial de la renta, cuando el arrendador sea un gran tenedor o entidad pública, en los términos establecidos en el Real Decreto-ley 11/2020; y se amplían hasta esa misma fecha del 31 de enero de 2021 los contratos de arrendamiento de vivienda que pueden acogerse a la prórroga extraordinaria de seis meses, en los mismos términos y condiciones del contrato en vigor, siempre que el propietario, persona física, no haya comunicado la necesidad de la vivienda para sí, en cumplimiento de los plazos y condiciones establecidos en el artículo 9.3 de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos.

Paralelamente, mediante la Orden TMA/924/2020, de 29 de septiembre, el Gobierno ha prorrogado el plazo para solicitar y formalizar los préstamos avalados y subvencionados por el Estado previstos en el artículo 8 de la Orden TMA/378/2020, de 30 de abril, y en el Convenio con el Instituto de Crédito Oficial, para la gestión de los avales y de la subvención de gastos e intereses por parte del Estado a arrendatarios en la "Línea de avales de arrendamiento COVID-19".

Sin embargo, por el momento no ha habido prórroga en otras medidas como el plazo para solicitar las moratorias hipotecarias.

La prórroga de las medidas de alquileres entró en vigor el mismo día de su publicación, esto es, el día 30 de septiembre de 2020, mientras que la prórroga del plazo para solicitar y formalizar los préstamos avalados entró en vigor también el día de su publicación en el BOE, esto es, el 1 de octubre de 2020.

En esta alerta informativa, nuestros abogados del departamento de Derecho Inmobiliario analizan las medidas prorrogadas por el referido Real Decreto-Ley.

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Más información: José Mª Arnedo, socio del área Procesal y responsable de Inmobiliario.