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Qué es el secreto empresarial y qué medidas adoptar para protegerlo

¿Qué puede ser considerado como secreto empresarial?

Secreto empresarial es toda aquella información de carácter técnica, comercial, organizativa, financiera o industrial que (1) no es conocida por las personas en los ámbitos donde se usa dicha información y no es fácil acceder a ella; (2) aporta un valorempresarial debido a su carácter secreto confidencial y (3) ha sido objeto de medidas de protección para mantener su confidencialidad.

¿Qué medidas deberían adoptarse para su protección?

La Ley 1/2019, de Secretos Empresariales, entiende que para proteger un secreto empresarial se debe tener en cuenta la siguiente información y cumplir ciertos requisitos en cuya implementación Font & Yildiz acompaña durante todo el proceso.

1.Identificar el secreto empresarial

Para poder aplicar la ley y las medidas pertinentes, es importante definir qué información es susceptible de ser considerada secreto empresarial y, una vez localizada, aplicarle las medidas necesarias para asegurar su confidencialidad.

2.Elección de un coordinador

Es recomendable la existencia de un encargado dentro de la compañía que vele por la implementación y cumplimiento de las medidas que deban adoptarse.

3.Accesibilidad a los secretos

Definida y localizada la información es importante definir quién tiene acceso a la misma y bajo qué conceptos. De esta manera, limitaremos las potenciales personas que puedan realizar una apropiación indebida y será más sencillo su control.

4.Medidas técnicas de protección

Dependiendo de si la información está contenida en un soporte físico o digital las medidas cambiarán. En el primer caso, deberá guardarse la información sensible en un espacio restringido. En el segundo, es recomendable su encriptación. También los accesos digitales deberán restringirse.

5.Medidas legales

Hay varias medidas que deben adoptarse. De puertas a dentro de la sociedad, deberán incluirse cláusulas de confidencialidad en los contratos de empleados con acceso a dicha información. Cuando se trate de altos directivos y administradores, será recomendable suscribir pactos de confidencialidad y no divulgación (NDA). También es recomendable la elaboración de códigos éticos que establezcan la política de la empresa respecto la información considerada confidencial.

En su trato con terceros, como proveedores o colaboradores, la compañía deberá establecer pactos de confidencialidad cuando estos tengan acceso a los secretos empresariales.

En todo caso, es recomendable imponer cláusulas penales en caso de incumplimiento de acuerdos.

6.Protocolos estandarizados

Implementadas estas medidas, deberán definirse protocolos para la interacción entre personal e información confidencial de modo que su tratamiento sea controlable y fácil de rastrear ante cualquier uso indebido del mismo.

Jordi Grau - Lawyer