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La custodia compartida de los hijos es la fórmula que se está generalizando en los casos de divorcio, pero esto no supone que tenga que haber un automatismo. No lo ha habido en la sentencia que se ha dado a conocer este mes en la Audiencia de Badajoz, que ha rechazado dar la custodia compartida a un camarero cuya profesión “le hacía difícil cumplimentar sus deberes parentales diarios debido a su extensa jornada laboral”.


Joaquim de Miquel, diputado de la Junta de Gobierno del Col.legi de l’Advocacia (ICAB), analiza esta decisión y recuerda que las sentencias de familia “siempre están en movimiento” ya que las circunstancias pueden cambiar. Apunta, por tanto, que si el padre acredita en el futuro de forma fehaciente que puede hacerse cargo de sus hijos sí que podría optar a la compartida.


Lo que requieren los jueces, señala De Miquel, es un plan de custodia. Es decir, demostrar que el progenitor o progenitora puede hacerse cargo de los hijos ya que lo que se defiende es el interés del menor. En la sentencia de la Audiencia se indica que la promesa del camarero de que en el futuro “acomodará su trabajo para hacerse cargo de sus hijos” no ha convencido al entender que ciñéndose a un análisis del presente esta no es la situación real.


No se pone en duda su idoneidad y capacidad, se indica en la sentencia. Pero se añade que lo que no es admisible es “especular sobre su situación laboral futura”.

La nota emitida por el TSJE subraya que la custodia compartida “no está prevista sólo para progenitores desocupados o empleados con horario flexible”. Se entiende que se puede recurrir a canguros, a la familia extensa, pero siempre que esto sea una forma de “complementar y no de sustituir” al progenitor. Muchas veces sucede, explica De Miquel, especialista en Derecho de Familia, que la canguro es la que acaba ejerciendo la custodia.


El abogado explica que pese a las dificultades para armonizar horarios, hay muchos padres que adaptan el suyo cuando llegan los casos de divorcios. Padres que durante la convivencia en pareja tenían un rol de cuidador menor con respecto a la madre, y que modifican su vida laboral cuando llega el divorcio para lograr la compartida. No todas las profesiones lo permiten de la misma manera, pero las empresas son ahora más sensibles a la hora de permitir unos márgenes de flexibilidad.


Otra cuestión, indica, es que algunos lo hagan –y esto no es ninguna excepción– para evitar perder la vivienda común, que es otorgada a quien se queda con la custodia.


En el caso de camarero de Badajoz, el abogado recuerda que se puede recurrir a las modificaciones de jornada legalmente previstas cuando se tienen hijos menores de 12 años, pero otra cosa es que esta previsión legal sea posible en las circunstancias en las que se desarrolla su oficio.


La Audiencia indicaba también al hacer referencia a la di¬ficultad para cumplir con los -deberes diarios que en algunas ocasiones los hijos no habían ¬podido ir a colegio “porque el -padre se había quedado dormido”. En las circunstancias actuales, señalaba la sentencia, no está garantizada la seguridad y estabilidad de los hijos.


Muchos progenitores ajustan su vida laboral en caso de divorcio, señala el abogado De Miquel

Fuente: Euroforo Arasa de Miquel Advocats

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