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Hace unas semanas el presidente del Gobierno presentó a la opinión pública un borrador de acuerdo de Presupuestos que ha sido enviado a Bruselas para su aprobación por parte de las autoridades comunitarias.

Este proyecto incluye medidas que, según el Gobierno, ayudarán a solucionar o, al menos, a paliar el problema que en los últimos años se ha generado con la vivienda en alquiler.


Las medidas se dirigen principalmente a proteger a aquellas personas que firmen una hipoteca, garantizar alternativas a aquellas personas que sean desahuciadas, además de una importante modificación de la Ley de Arrendamientos Urbanos. En concreto:

  • Se hace distinción respecto de arrendadores personas físicas o personas jurídicas. En el caso de las personas físicas, se aumenta el plazo de prórroga obligatoria de 3 años a 5. En el caso de las personas jurídicas el plazo es mayor. En concreto, de 7 años.
  • Se introduce una novedad en lo que se refiere a las garantías adicionales, de modo que no se podrá solicitar por parte del arrendador ninguna garantía adicional al depósito de la fianza, que será por el importe equivalente a dos mensualidades de la renta como máximo.
  • Adicionalmente, se pretende introducir cambios con el objetivo de que los gastos de formalización de contrato y de gestión inmobiliaria no recaigan en el arrendatario sino en el arrendador, siempre y cuando este sea persona jurídica.
  • Igualmente, se introduce la exigencia de que se prevea explícitamente en el contrato el derecho de recuperación de la vivienda que el arrendador posea, con el objetivo de clarificar al máximo todos los aspectos del contrato y que los arrendatarios conozcan mejor cuáles son sus derechos y obligaciones durante la vigencia del mismo.

Además, se pretende una mayor intervención de las Administraciones Públicas en el negocio inmobiliario. Este objetivo se quiere conseguir a través de la elaboración de un índice de precios de alquiler de referencia por parte de los Ayuntamientos. Estos podrán determinar zonas del territorio como “Zona urbana de mercado tensionado”, siempre de una manera temporal y excepcional, en las que el Ayuntamiento junto con las Comunidades Autónomas o estas por iniciativa propia podrán limitar las subidas del precio del alquiler.

Incluso para hacer frente a la cuestión de la vivienda de uso turístico, que tanto está afectando a los barrios de las grandes ciudades de nuestro país, la comunidad de propietarios podrá prohibir dicho uso turístico en las mismas o, en su caso, podrá establecer las condiciones en la que esta actividad debe realizarse.

En conclusión, todas estas medidas se van a traducir en modificaciones legislativas, tanto de la Ley de Arrendamientos Urbanos como del Código Civil, con el objetivo último de proteger a aquellos que pretendan encontrar una vivienda y establecer un sistema de control de los precios de alquiler.

Mónica Ramos

Fuente: GD legal

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