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El 27 de febrero de 2017, la CNMC sancionó a 13 empresas y a uno de sus directivos, con un total de 6,12 millones de euros, al considerar probada la existencia de un cártel para repartirse el mercado y fijar los precios del suministro de hormigón en Asturias de forma ininterrumpida durante al menos 15 años (Expediente S/0545/15 HORMIGONES DE ASTURIAS).

El expediente se incoó en 2015 a raíz de determinada información remitida a la CNMC anónimamente que apuntaba a la existencia de repartos de licitaciones de importantes proyectos, y después de que la CNMC obtuviese abundante material probatorio en las inspecciones de cuatro competidores.

En su Resolución, la CNMC considera probado que las empresas llevaron a cabo acuerdos para la asignación de obras públicas y privadas, y se intercambiaron información para conseguir los contratos y para hacer un seguimiento de los acuerdos alcanzados, entre otras conductas ilícitas.

Entre las grandes obras públicas afectadas por el cártel se incluyen, por ejemplo, las del Puerto de Musel (Gijón) y las del Hospital Universitario Central de Asturias (HUCA). Las empresas sancionadas se presentaron a las licitaciones constituyendo Uniones Temporales de Empresas (UTEs), una forma de cooperación empresarial sobre el que la CNMC ha puesto la lupa en numerosos casos recientes.

Las principales multas han recaído sobre las empresas Lafarge Áridos y Hormigones, S.A., con 1.855.341 euros; General de Hormigones, S.A. (GEDHOSA), con 1.758.251 euros; y Hánson Hispania, S.A., con 1.710.812 euros.

Cabe destacar que este cártel se suma a numerosos otros sancionados por la CNMC en el sector del hormigón en los últimos años, por ejemplo en los expedientes S/DC/0525/14 – CEMENTOS (zonas sur, noreste y centro de España); S/0179/09 - HORMIGON Y PRODUCTOS RELACIONADOS (zona de Navarra); y 648/08 - HORMIGONES DE CANTABRIA (zona de Cantabria).

Asimismo, se trata del cuarto caso en el que la CNMC ha sancionado individualmente a directivos implicados en la infracción desde que anunciara esta nueva política sancionadora en su Plan de Actuación de 2016. Sin embargo, la multa impuesta en este caso (12.000 €) resulta moderada en comparación con la más alta impuesta hasta la fecha, en noviembre de 2016 (36.000 €).

La resolución se encuentra disponible en el siguiente enlace: https://www.cnmc.es/sites/default/files/1556928_1.pdf

Javier Arana

Fuente: Cuatrecasas, Gonçalves Pereira

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