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¿Qué tipos de sociedades hay en España? En las siguientes líneas te explicamos sus características para ayudarte a elegir cuál te conviene. En concreto, nos centraremos en las diferentes clases de sociedades mercantiles

Tipos de sociedades empresariales

Si vas a emprender un negocio con más personas, lo ideal es crear alguno de los diferentes tipos de sociedades mercantiles que te presentamos a continuación:

Sociedad de responsabilidad limitada

Estamos ante el tipo de sociedad más común en nuestro país, ya que sus miembros no tienen que responder con sus bienes personales en caso de haber deudas en la empresa. Es decir, la responsabilidad de los socios es limitada, como su propio nombre indica. Estos son los principales requisitos para su creación:

  • Aportar un mínimo de 3.000 euros de capital inicial que deben ser desembolsados en el momento de la firma de la escritura pública.
  • Se necesita al menos una persona física para su formación.
  • Cabe destacar que el capital de la sociedad se divide en participaciones a las que se adjudica un valor en el momento de la formación de la sociedad.

Sociedad anónima

Es el segundo tipo de sociedad empresarial más utilizado en España. En este caso, el capital se divide en acciones que sí pueden transmitirse libremente, no como ocurre si la sociedad es limitada. Es decir, en el caso de la sociedad anónima, cualquiera de los socios puede vender sus acciones a otra persona sin necesidad de contar con la aprobación de la mayoría. Por otra parte, se caracteriza por la gran cantidad de socios que puede alcanzar. Estos son los requisitos básicos para constituirla:

  • Aportar un mínimo de 60.000 euros de capital, de los cuales un 25% debe ser desembolsado en el momento de la firma de la escritura pública.
  • Se necesita como mínimo una persona para su creación.

Sociedad colectiva

Esta clase de sociedad tiene un uso prácticamente residual y sus orígenes se remontan a la Edad Media, cuando nacieron las primeras sociedades de mercaderes. Su responsabilidad es ilimitada, lo que quiere decir que cada socio debe responder con su patrimonio personal en caso de que la empresa sufra pérdidas. En la sociedad colectiva los socios invierten capital y además contribuyen con su trabajo y gestión directa en la empresa, pudiendo haber socios industriales, cuya única aportación es el trabajo. Por tanto, la condición de socio no puede transmitirse libremente. Estas son las condiciones para su creación:

  • No se requiere un mínimo de capital.
  • Su denominación debe incluir el nombre de alguno de los socios seguido de las palabras “y compañía”. No puede llevar el nombre de ninguna otra persona ajena a la sociedad.
  • Se necesitan al menos dos personas para constituirse.

Sociedad comanditaria

La sociedad comanditaria es similar a la colectiva, con la principal diferencia de que en ésta hay dos tipos de socios:

  • Colectivos: responden de manera ilimitada a las posibles deudas de la empresa. Además participan activamente en la gestión de la misma.
  • Comanditarios: su función única suele ser la de aporte de capital, sin gestionar la sociedad. Su responsabilidad es limitada hasta el capital aportado.

Los requisitos necesarios para su constitución son los mismos que en el caso de la sociedad colectiva.

¿Por qué crear una sociedad si eres autónomo?

Como has podido comprobar puedes constituir tanto una sociedad de responsabilidad limitada como una sociedad anónima tú mismo, sin necesidad de contar con más socios en la empresa. Es fácil que te preguntes qué beneficios te puede aportar darte de alta como empresa frente a trabajar como autónomo. Toma nota de los casos en que puede beneficiarte:

  • Ventajas de contar con una sociedad de responsabilidad limitada unipersonal:
    • A partir de 40.000 euros de beneficio, los impuestos son inferiores que en el caso de ser un profesional autónomo.
    • Te puedes desgravar tu propio sueldo como un gasto de la empresa.
  • Ventajas de contar con una sociedad anónima unipersonal:
    • Puedes crear una empresa, hacerla crecer y después obtener un beneficio muy interesante vendiéndola en bolsa.
    • Si tu actividad tiene que ver con sectores como el bancario, el farmacéutico, los seguros o la gestión de los fondos de pensiones, estás obligado a darte de alta como una sociedad anónima.

¿Vas a crear una empresa? Ahora ya conoces los principales tipos de sociedades y sus características. Como has podido comprobar, las más frecuentes son las sociedades de responsabilidad limitada y las anónimas. Habitualmente las primeras suelen estar constituidas por PYMES o negocios pequeños con la finalidad de realizar un reparto equitativo de gastos e ingresos entre los distintos socios de la empresa. Muchas empresas familiares suelen ser sociedades de responsabilidad limitada, por ejemplo. En cambio, los negocios de gran envergadura suelen acogerte al título de sociedad anónima, habitualmente empresas que pueden cotizar en bolsa y estar abiertas al mercado bursátil.