Un autónomo es una figura administrativa muy especial: dueño y trabajador de un negocio al mismo tiempo. Y, son muchos los que pueden desarrollar su labor profesional solos a lo largo de toda su vida. Sin embargo, dependiendo de las características de nuestro negocio, podemos requerir más trabajadores para un correcto funcionamiento. Y aquí es donde nos puede asaltar la gran pregunta, el clásico del asesoramiento para autónomos: ¿un autónomo puede contratar? Te adelantamos que sí. Continúa leyendo para saber en qué condiciones y a quién puede contratar un autónomo.
Efectivamente, un autónomo puede contratar a otras personas, es decir, puede tener a empleados en su tienda, restaurante o peluquería, por ejemplo. Se trata de una situación que se repite con frecuencia en personas que empiezan un pequeño negocio por su cuenta y que adquiere mayores dimensiones con el paso del tiempo.
Si eres autónomo, puedes contratar trabajadores por cuenta ajena, firmando un contrato laboral como lo hacen las empresas con sus empleados. Lo más importante que debes tener en cuenta es que, en este caso las cuotas de la seguridad social del trabajador correrán a tu cargo.
Tal como hemos indicado, un autónomo con trabajadores a su cargo, suele ser fruto de un negocio que comenzó teniendo un volumen menor de lo esperado. Este tipo de negocios suelen tener un carácter familiar, donde los primeros que arriman el hombro suelen ser el cónyuge y/o los hijos del dueño del negocio. ¿Puede un autónomo contratar a su hijo, por ejemplo? La respuesta es sí, al igual que un autónomo puede contratar a su mujer o a cualquier otro familiar en régimen general. No solo es posible, sino que es conveniente por dos razones fundamentales:
Si eres autónomo, según la Ley de Reformas Urgentes del Trabajador Autónomo de 2017 que permite que una autónomo contrate a familiares en Régimen General, obtienes una bonificación del 100% de la cuota en concepto de contingencias comunes, durante un año siempre y cuando el familiar cumpla con una serie de condiciones:
Generalmente sí, un autónomo puede contratar a otro autónomo. Sin embargo hay un excepción que merece una mención especial porque si somos el dueño de un negocio pequeño, nos podemos sentir atraídos por la contratación de otro autónomo cuando legalmente no está contemplado. Hablamos del caso de los vendedores de tienda. Si necesitas un empleado en una tienda de cualquier tipo, debes hacerle un contrato como trabajador por cuenta ajena. Solo podrás contratarlo como autónomo si el vendedor realiza sus funciones fuera de la tienda.
Una buena alternativa para contratar a un vendedor de tienda es a través de una retribución a comisión, abonándole además el Salario Mínimo Interprofesional.
Volvamos al punto de la contratación de familiares. Hemos indicado que puedes contratar a cualquiera de ellos en régimen general. Además, pueden trabajar en tu negocio como autónomos. En este caso, hablamos de la figura del autónomo colaborador familiar, que para considerarse como tal, deben reunir una serie de condiciones:
Es posible que te interese más contratar a un familiar como autónomo colaborador que como trabajador por cuenta ajena, ya que existen una serie de bonificaciones bastante golosas tanto para el empleado como para ti. ¡Toma nota!
Ahora ya lo sabes, un autónomo puede contratar a un familiar en régimen general, también a otras personas, por supuesto. Además, tienes otras opciones interesantes que puedes contemplar como es la contratación de un autónomo colaborador. ¡Al fin podrás tener el apoyo esperado en tu negocio cumpliendo con todos los requisitos legales!