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Vea cómo actuar si uno de los socios de su empresa les está haciendo la competencia.

Si la persona que está haciendo la competencia únicamente es socio (y no administrador), en principio no podrán expulsarlo. Sólo podrían hacerlo si en los estatutos se hubiese establecido como prestación accesoria que los socios no pueden competir con la sociedad, o si se hubiese establecido como causa de exclusión que un socio haga la competencia.

  • No obstante, sí que pueden exigirle responsabilidades si está incurriendo en competencia desleal. Sería el caso, por ejemplo, de que este socio estuviese captando clientes haciéndoles creer que los servicios se los va a prestar la sociedad y no él.
  • También pueden exigirle una indemnización si firmaron un pacto de socios y en él todos los partícipes se comprometieron a no competir con la sociedad.

En caso de que este socio sea también administrador de la sociedad, sí tienen una causa legal para excluirle (pagándole el valor de sus participaciones), ya que el administrador de una SA o SL no puede realizar actividades que compitan con la sociedad (salvo que obtenga la autorización de ésta y siempre que no le cause un perjuicio). Ello, sin perjuicio de exigirle una indemnización por los daños que haya causado a la sociedad al haber infringido la prohibición de competencia.

Podemos ayudarle a prevenir conflictos entre socios y a solucionarlos en caso de que se produzcan.