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Una persona transexual solicitó a su Servicio Público de Salud que se le practicaran sendas intervenciones quirúrgicas de cambio de sexo: mastectomía bilateral y faloplastia (intervención en las mamas y el pene, respectivamente). El Servicio Público de Salud denegó ambas intervenciones:

- la mastectomía, por no haber concluido el tratamiento hormonal prescrito (un año); y

- la faloplastia, por no disponer de un centro de referencia para tal intervención, sin dar alternativa alguna al paciente.

Ante esta negativa, optó por realizarse ambas intervenciones quirúrgicas en un centro privado y reclamar después a la Administración el reintegro de los gastos.

Los tribunales han estimado la demanda respecto a la faloplastia, puesto que fue la falta de un centro público que la realizara, sin ofrecer alternativa viable alguna, lo que justifica que el paciente tuviera que acudir a un centro privado y proceda el reintegro del desembolso efectuado.

No es el caso respecto a la mastectomía, puesto que está justificada la negativa del Servicio Público, que entendía que debía pasar un año de tratamiento hormonal. El paciente decidió no esperar y acudir a una clínica privada, sin que no conste que el paciente reclamara formalmente contra ese diagnóstico o buscara una segunda opinión en el propio Servicio de Salud.