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En distintos países se analiza si ha de reducirse o no la jornada laboral. Se ha hablado mucho en los últimos años de la posible reducción de la jornada semanal a 4 días. Pero este cambio no está exento de debate por el impacto que tendrá en la organización de las empresas. Para un cambio legislativo al respecto, está por decidir la fórmula para implementar esa reducción: eliminar un día de trabajo a la semana o reducir la jornada máxima en cómputo anual.

El día 1 de mayo se celebra en muchos países del mundo el Día Internacional del Trabajo. Se estableció ese día por acuerdo del Congreso Obrero Socialista de la Segunda Internacional, que tuvo lugar en París en 1889, como homenaje a los Mártires de Chicago, quienes fueron encarcelados y condenados a muerte por revueltas que se generaron durante la huelga que comenzó el 1 de mayo de 1886 en las fábricas de esa ciudad para exigir a los empresarios una jornada laboral de 8 horas.

El principio de la jornada laboral de 8 horas fue promovido por Robert Owen en 1817, acuñando el lema de “ocho horas de trabajo, ocho horas de recreo, ocho horas de descanso”. Buscaba entonces reducir las entonces interminables jornadas laborales a jornadas semanales de 40 horas, con trabajo 8 horas al día.

La Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo, el 29 de octubre de 1919, en Washington, adoptó su convenio número 1, estableciendo la jornada máxima de 8 horas al día y 48 horas a la semana.

Más de 100 años después, en muchos países se evalúa la implantación de la semana laboral de 4 días. Para analizar la viabilidad de este posible cambio, se han iniciado proyectos piloto.

En la península ibérica, en junio de 2023, Portugal lanzó un proyecto piloto de la semana de 4 días en el que participaron 41 empresas del sector privado, el 95 % de las cuales evaluaron positivamente la experiencia.

La adopción de la semana laboral de 4 días en las empresas participantes en el proyecto portugués supuso, en término medio, una reducción del 13,7 % de las horas semanales, pasando de una media de 39,3 a 34 horas, sin reducción salarial. El 58,8 % de las empresas concedieron un día libre por semana, mientras que el 41,5 % optaron por dar un día libre en semanas alternas, es decir, alternaron la semana de 4 días con la de 5. Algunas empresas crearon una bolsa de horas con la diferencia resultante de la reducción para utilizarla en picos de trabajo.

Sin embargo, la implantación de la semana de 4 días requiere importantes ajustes organizativos en las empresas. Además, desde un punto de vista jurídico-laboral, iniciar un proyecto piloto de este estilo podría generar problemas legales a su finalización si no se establecen los mecanismos adecuados para garantizar la reversibilidad: en la práctica, la reducción de jornada, sin modificación del salario, conlleva un aumento del salario por hora y, por tanto, la reversión de la medida significaría reducir el salario por hora, que no sería posible si no se ha establecido previamente que la reducción de jornada tenía una duración concreta o no se han previstos supuestos de reversión de esta, para evitar chocar con el principio del derecho laboral portugués que prohíbe la reducción de la remuneración.

En España el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo puso en marcha un proyecto piloto en mayo de 2023 con ayudas a pequeñas y medianas empresas industriales para la reducción de la jornada laboral sin reducción de salario por un periodo mínimo de 2 años. Un total de 41 empresas presentaron su solicitud para participar.

El 22 de febrero de 2024 el Congreso aprobó una proposición no de ley relativa a la reducción de la jornada máxima legal de trabajo ordinario, por la que se solicita al Gobierno que abra con carácter urgente un proceso de diálogo social que culmine con la modificación del artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores (ET) para reducir la jornada laboral de manera progresiva empezando por la fijación para el año 2024 de una jornada máxima de 38 horas y media y culminando con una jornada máxima semanal de 37,5 horas.

Existen muchas incógnitas aún acerca de en qué consistirá esa modificación legislativa en España. Se podría estar trabajando en la reducción de la jornada en cómputo anual, en lugar de la eliminación de un día de trabajo a la semana, con diversas fórmulas para sectores o empresas, por ejemplo: disminución de minutos de la jornada diaria; reducción de jornada concentrada en periodos de menor trabajo (implantando o alargando jornada intensiva de verano, por ejemplo); o reducción de la jornada en días de la semana. Todavía es pronto para saber qué forma está tomando la futura modificación del artículo 34 del ET.

Habrá que estar pendientes de cómo evolucionan los posibles cambios legislativos y de su implementación práctica en las empresas.

Rita Nogueira Neto

Fuente: Garrigues Abogados

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