El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha publicado una nota de prensa, remitida a todas las Oficinas de Extranjería, para que incorporen en las comunicaciones de inicio de varios procedimientos una referencia que recuerde que la solicitud de renovación, prórroga o modificación de autorizaciones extiende la vigencia de la autorización inicial, de la que es titular la persona extranjera, hasta su resolución.
Esta referencia no hace más que informar sobre los dispuesto en la legislación de extranjería (por ej. arts. 51.1, 61.1. y 71.1 del RD 557/2011), en donde se establece la extensión de la autorización objeto de renovación, prorroga o modificación hasta que se dicte resolución expresa.
No en pocos casos, los extranjeros se ven perjudicados en su proceso de renovación de sus autorizaciones con sus empleadores o empresas en donde trabajan, las cuales desconocen a ciencia cierta cual es la situación de residencia de sus empleados extranjeros cuando se les caduca la autorización.
Con este aviso, se pretende que el extranjero pueda seguir trabajando y realizando trámites cotidianos con las entidades financieras, prórrogas de arrendamientos, suministros, etcétera. La incorporación de esta leyenda ofrece a las personas extranjeras seguridad y soporte documental para acreditar frente a terceros (públicos o privados) su situación en España en los casos que corresponda.
El texto que se incorporará en las hojas de admisión a trámite será el siguiente: “La presente resolución de admisión a trámite de esta solicitud prorroga la validez de la autorización anterior hasta la resolución del procedimiento”.
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