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El pasado 28 de abril de 2016 el Pleno del Tribunal Constitucional (TC) acordó admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad promovido por el Presidente del Gobierno contra varios preceptos de la Ley del Parlamento de Cataluña 14/2015, de 21 de julio, del impuesto sobre las viviendas vacías, y de modificación de normas tributarias y de la Ley 3/2012.

Asimismo, acordó suspender cautelarmente la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados desde la fecha en que se publique la suspensión en el BOE que se espera será en los próximos días.

Es preciso tener en cuenta que la admisión a trámite y la suspensión cautelar acordada no suponen pronunciamiento alguno sobre el fondo del asunto que deberá ser resuelto por sentencia por el Tribunal.

Puede consultar el texto íntegro de la Providencia del TC comentada aquí.