Togas.biz

El Supervisor Europeo de Protección de Datos (“SEPD”) ha publicado su informe anual de 2018, por medio del cual realiza un repaso de las actividades llevadas a cabo a lo largo de 2018 y fija los objetivos para este año 2019.

En su informe, el SEPD centra las actividades de este pasado 2018, principalmente, en la preparación y coordinación de la implementación de la nueva regulación del Reglamento General de Protección de Datos (“RGPD”), así como del Reglamento (UE) 2018/1725, de 23 de octubre de 2018, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales por las instituciones, órganos y organismos de la Unión, y a la libre circulación de esos datos (“Reglamento 2018/1725”). Igualmente, subraya los principales objetivos para el presente 2019.

Todo ello se enmarca en la Estrategia del SEPD para el periodo 2015-2019. Así, el SEPD resalta el importante papel del año 2018 en la consecución de los objetivos de la Estrategia del SEPD para 2015-2019, resumiendo las principales actividades y objetivos conseguidos durante este 2018 en torno a los siguientes contenidos o hitos:

  • El establecimiento de un marco general consistente para la protección de datos personales que garantice la protección de los interesados, a través de:

– la coordinación, preparación e implementación del RGPD;

– la preparación y creación del Comité Europeo de Protección de Datos (“CEPD”), compuesto por las autoridades de los 28 Estados Miembros de la Unión Europea (“UE”) y el SEPD, con la finalidad de asegurar la implementación homogénea del RGPD en toda la UE;

– la entrada en vigor del Reglamento 2018/1725 para la adopción de nuevas normas en materia de protección de datos para las instituciones de la UE, en línea con las reglas del RGPD;

– la organización de visitas, sesiones de formación y reuniones en las instituciones de la UE para asegurar el cumplimiento, y la posibilidad de prueba del cumplimiento, de la normativa de protección de datos; y

– la aprobación de la Opinión 3/2018, de 18 de marzo, sobre manipulación online y datos personales (“EDPS Opinion on online manipulation and personal data”) y la Opinión 5/2018, de 31 de mayo, sobre privacidad desde el diseño (“EDPS Preliminary Opinion on privacy by design”), así como otras directrices encaminadas a la gestión de las infraestructuras IT de las instituciones de la UE.

  • La promoción e impulso de las relaciones entre la seguridad y la privacidad. En particular, se subrayan las relaciones con la Oficina Europea de Policía, Europol, sobre cuya supervisión en materia de protección de datos es responsable el SEPD desde hace poco más de un año.
  • La mejora de las relaciones con los distintos agentes e instituciones, favoreciendo la cooperación mutua entre las instituciones de la UE, mediante la emisión de opiniones sobre distintos asuntos, así como comentarios formales y consultas informales sobre las propuestas de borrador emitidas por la Comisión. En particular, se resalta la importancia de la protección de datos a nivel global, a través del diálogo continuo en torno a las decisiones de adecuación respecto al nivel de protección de datos personales de terceros países ( v.gr. Escudo de Privacidad, o la decisión de adecuación respecto a Japón).
  • La preparación y mejora de la organización interna, gestión y administración del CPDP, así como de sus políticas de recursos humanos y la creación de una base de candidatos expertos en protección de datos para futuras posiciones.
  • El impulso en la comunicación externa a través de campañas de comunicación, presencia online y otras actividades de promoción.
  • El compromiso de la UE con la dignidad humana y la ética, y el impacto de la inteligencia artificial y las tecnologías disruptivas, a raíz de la última Conferencia Internacional de Comisionados de Protección de Datos y Privacidad (“ICDPPC”, por sus siglas en inglés).

Objetivos para 2019

Asimismo, el SEPD ha aprovechado la ocasión para adelantar los que, sin duda, son los principales objetivos para el 2019 y entre los que se encuentran:

(i) asegurar la correcta aplicación del Reglamento 2018/1725, y los procedimientos internos del SEPD para cumplir con las actividades de consulta que reciba;

(ii) elaborar nuevas guías sobre el principio de responsabilidad proactiva en el marco de las tecnologías de la información y en relación con distintas tecnologías concretas;

(iii) continuar la relación y cooperación con otros colaboradores e instituciones, sobre lo cual se prevé mantener una relación de supervisión, similar a la mantenida con la Europol, en relación con la unidad de cooperación judicial, Eurojust; y

(iv) continuar el dialogo en relación con la ética digital, que comenzó a raíz de la ICDPPC (a través de eventos, opiniones, conferencias, etc.).

Adaya Esteban y Albert Agustinoy