Habitualmente, el testamento se realiza ante notario, que dará fe de su autenticidad, aunque también cabe la posibilidad de que sea ológrafo, es decir, que sea redactado a mano por el propio testador. Sin embargo, esta opción no es la más recomendable, ya que puede dar a pie a litigios y reclamaciones entre los interesados en la sucesión.
Al otorgar testamento, el testador se asegura de que será su propia voluntad la que determine la forma de ordenar su sucesión, atendiendo al hecho de que ante su falta, será la ley la que decida el reparto de los bienes y derechos del fallecido siguiendo un sistema de sucesión intestada.
Dicha sucesión intentada no suele coincidir con la voluntad del causante, dado que no tiene en cuenta las circunstancias personales, familiares, económicas de los beneficiarios de la herencia, configurándose así, como un sistema igualitario que no resulta equitativo.
Por todo esto, la opción más conveniente a efectos de garantizar el respeto de la voluntad del testador, procurar más tranquilidad y evitar posibles problemas en un futuro, es otorgar testamento ante notario.
Para más información, accede al siguiente enlace: testamento.
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