Una vez que el extranjero ha obtenido la autorización de residencia o residencia y trabajo solicitada -mediante la notificación de resolución estimatoria por parte de la Oficina de Extranjería correspondiente- deberá solicitar en plazo la expedición de la Tarjeta de Identidad de Extranjero, también conocida como TIE por sus siglas, en la Comisaría de Policía u Oficina de Extranjería de la provincia donde se haya tramitado la solicitud.
También procederá su obtención cuando se haya tramitado la renovación de la autorización de residencia, así como a la modificación o alteración de la misma. Igualmente, en caso de extravío, robo o destrucción de la tarjeta procederá la solicitud de expedición de una nueva tarjeta.
En este sentido, la Tarjeta de Identidad de extranjero (TIE) es el documento que acredita la situación legal del extranjero en España.
A este trámite de expedición de tarjeta también se le suele denominar coloquialmente como de “toma de huellas”.
A continuación, se detallan las características del procedimiento:
Indice de contenidos
Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social (artículo 34.2).
Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, aprobado por Real Decreto 557/2011, de 20 de abril (artículo 210).
Se podrá solicitar tarjeta de identidad de extranjeros si:
Enlace a cita previa para la solicitud de Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE), si en su provincia está habilitado este servicio: https://sede.administracionespublicas.gob.es/pagina/index/directorio/icpplus.
Sujeto legitimado para presentar la solicitud: el extranjero personalmente.
Lugar de presentación: en la Oficina de Extranjería o en la Comisaría de Policía de la provincia donde se haya tramitado la autorización por la que se reconoce el derecho o se le autoriza a permanecer en España.
Plazo de presentación: un mes desde la entrada en España o desde que la autorización sea concedida o cobre vigencia o, en su caso, desde el momento en que se produjo el robo, el extravío, la destrucción o la inutilización de la tarjeta.
La tarjeta de identidad tendrá idéntico periodo de vigencia que la autorización o el reconocimiento del derecho que justifique su expedición, y perderá su validez cuando se produzca la de la citada autorización.
Para entregar la tarjeta de identidad de extranjero el interesado deberá acreditar ser el destinatario del documento y haber realizado el pago de las tasas establecidas.
Están exceptuados de la obligación de solicitar tarjeta de identidad de extranjero los titulares de una autorización de residencia y trabajo de temporada.
Tasas por expedición de la tarjeta de identidad: la cuantía de la tasa depende de la autorización que documenta la tarjeta. Pueden ser: