El pasado 13 de marzo se cumplía un (1) año desde que la Oficina Antifrau de Catalunya (en adelante, Oficina Antifraude u OAC) asumió las competencias para la protección de las personas alertadoras conforme a la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción (en adelante, Ley 2/2023 o la Ley), convirtiéndose así en la Autoridad Independiente autonómica pionera a nivel estatal.
Como Autoridad Independiente, la OAC asumió, entre otras, las funciones de gestionar el canal externo de denuncias, adoptar medidas de protección de las personas alertadoras, ser el Registro de los responsables de los canales internos de información y ejercer la potestad sancionadora.
Con motivo de su primer aniversario, la OAC ha compartido un resumen de los datos con relación a sus funciones, que se detallan a continuación:
Es importante recordar que el artículo 8.3 de la Ley 2/2023 establece la obligación de notificar a la Autoridad Independiente de Protección del Informante, en este caso, a la OAC, el nombramiento del responsable del Sistema Interno de Información (en adelante, SII) en el plazo de los diez (10) días hábiles siguientes. Por consiguiente, partiendo de la base de que las empresas con más de 50 trabajadores son sujetos obligados por la Ley 2/2023, los datos sugieren que aproximadamente un 82% de las empresas catalanas no cumplen con dicha obligación.
En suma, la publicación de los datos por parte de la Oficina Antifraude revela la tendencia de las entidades sujetas a la Ley 2/2023 al olvido de la obligación de comunicar el nombramiento del responsable de su SII a la Autoridad Independiente o de cumplir con las exigencias de contar con el SII de conformidad con la Ley 2/2023. Si bien es cierto que la atención suele centrarse en la obligación principal establecida por la Ley, que corresponde con la implementación de los sistemas internos de información, no se puede ignorar el conjunto de responsabilidades adicionales impuestas por esta normativa. En este sentido, con tal de facilitar la implementación del Registro de responsables del SII, la Oficina Antifraude ha puesto en marcha un servicio de consultas que ha atendido más de 300 peticiones, y se proporciona información adicional a través de su página web, incluyendo preguntas frecuentes para aclarar dudas fundamentales.
Por último, cabe destacar que desde el Departamento de Compliance de Molins Defensa Penal se ofrece el asesoramiento integral en el diseño y gestión externa del SII, en concordancia con todas las obligaciones aplicables; así como la intervención en el desarrollo de éste, con la finalidad de asegurar la correcta resolución e investigación de las posibles situaciones que pudieran tener lugar desde del Departamento de Investigaciones Internas.
Departamento de Compliance de Molins Defensa Penal.