El próximo mes de agosto entrará en vigor la Directiva (UE) nº 2016/1148, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de julio, relativa a las medidas destinadas a garantizar un elevado nivel común de seguridad de las redes y sistemas de información en la Unión, a través de la cual se regulan cuestiones vinculadas a la seguridad de los datos tratados mediante sistemas electrónicos de telecomunicaciones.
En particular, el legislador comunitario pretende garantizar una mejora en los niveles de ciberseguridad que se aplican a lo largo de la UE, para lo cual se establecen –entre otras- las siguientes medidas:
En cualquier caso, debe tenerse presente que la Directiva requerirá de su previa transposición en la normativa de cada uno de los Estados miembros de la UE.
En este sentido, se dispondrá de 21 meses para adaptar la normativa nacional a la Directiva, así como de 6 meses adicionales para identificar a los operadores de servicios esenciales.
Daniel Urbán
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