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Hoy se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado el “Acuerdo de 26 de mayo de 2016, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se atribuye el conocimiento de diversas materias, con carácter exclusivo, a determinados Juzgados de lo Mercantil de Barcelona”.

En virtud del mismo, y de conformidad con el artículo 98.1 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, el Consejo General del Poder Judicial ha modificado la distribución competencial que tenían atribuidos los Juzgados Mercantiles de Barcelona conforme al Acuerdo de 23 de noviembre de 2011.

En consecuencia, a partir del 1 de julio de 2016, los Juzgados Mercantiles de Barcelona pasan a conocer de las siguientes materias en exclusiva:

  • Juzgados Mercantiles nº 1, 4 y 5: competencias exclusivas para conocer sobre procedimientos sobre patentes, diseño industrial y modelos de utilidad;
  • Juzgados Mercantiles nº 2, 6, 8 y 9: conocerán en exclusiva sobre marcas, reclamaciones en materia de propiedad intelectual que no procedan de entidades de gestión y homologación de acuerdos de refinanciación.
  • Juzgados Mercantiles nº 3, 7 y 10: competencias exclusivas para conocer sobre procedimientos en materia de competencia desleal, publicidad, defensa de la competencia y los concursos consecutivos.

Daniel Urbán