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Al hilo de la noticia que publicábamos el día 1 de febrero de 2016 acerca de la Sentencia del  Tribunal Supremo por la que se anula la compra de acciones de la salida a Bolsa de Bankia por entender que hubo engaño, y tal como varios medios han anunciado, la entidad bancaria ha abierto un proceso con el fin de devolver la inversión que en su día realizaron accionistas minoristas que adquirieron acciones en  la salida a Bolsa de la entidad en 2011 (con 1% de interés), proceso que se inició el pasado 18 de febrero de 2016 y tendrá una duración de tres meses.

Por lo que a este proceso respecta, pueden acudir todas las personas del tramo minorista que invirtieron en la Oferta Pública de Suscripción de Acciones (OPS) que Bankia realizó en fecha 20 de julio de 2.011, es decir el día de su salida a bolsa.

Pero ¿qué sucede con aquellas personas que adquirieron acciones en distinto momento, o en mercado secundario,  a partir del 21 de julio de 2.011?  O ¿Qué ocurre con los damnificados por la comercialización de las participaciones preferentes o de obligaciones subordinadas que fueron canjeadas por acciones Bankia? El proceso de devolución voluntario abierto por Bankia no comprende estas acciones, por lo que si se desea recuperar la inversión realizada debe iniciarse una reclamación judicial.

Debemos advertir que las acciones judiciales para recuperar la inversión solamente pueden ejercitarse durante un plazo de cuatro años desde la consumación del contrato o inversión, pero, a pesar de ello, los Tribunales han ido confirmando el criterio de que el plazo debe computarse desde que el suscriptor pudo conocer el error. En el caso de las acciones, en principio, coincidirá con la fecha de reformulación de cuentas de Bankia, 25 de mayo de 2012, por lo que el plazo para ejercitar la acción de nulidad del contrato de suscripción de acciones y recuperar su inversión podría caducar el 25 de mayo de 2016. En el caso de las participaciones preferentes y las obligaciones subordinadas, en cambio, el plazo puede ser mayor.

Por ello, animamos a todos los afectados por las acciones y otros productos híbridos, como las participaciones preferentes y obligaciones subordinadas, a que nos consulten a los efectos de valorar la reclamación ante los tribunales con el fin de recuperar su dinero antes de que transcurra el plazo de cuatro años.

Ana Bonilla – David Roca – Stefania Stalker