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Recientemente, se han introducido importantes modificaciones en la normativa del IVA relacionadas con la distribución de productos petrolíferos en España, a fin de reforzar el control fiscal y combatir el fraude

Novedades en el control del IVA en el sector de los Hidrocarburos Recientemente, se han introducido importantes modificaciones en la normativa del IVA relacionadas con la distribución de productos petrolíferos en España, a fin de reforzar el control fiscal y combatir el fraude. La Ley 7/2024 de 28 de diciembre y el Real Decreto-ley 9/2024 de 23 de diciembre, son los pilares de estos cambios, que tienen un impacto directo en las operaciones de los operadores de productos como gasolina, gasóleos y biocarburantes. A continuación, se resumen las principales novedades y las medidas clave para asegurar el cumplimiento en materia de IVA en
este sector:

Una de las medidas más relevantes es el cambio en el período de liquidación del IVA. A partir de la entrada en vigor de la Ley 7/2024, los operadores de productos petrolíferos deberán realizar la liquidación del IVA de forma mensual, en lugar de la liquidación trimestral.

Este cambio afecta a las empresas que extraen productos de los depósitos fiscales, como gasolina, gasóleos y biocarburantes destinados a carburante. El último depositante de productos petrolíferos (gasolinas, gasóleos y biocarburantes) o el titular del depósito fiscal, si es propietario del producto, será el responsable de liquidar el IVA derivado de las operaciones realizadas. Esta medida busca prevenir la evasión fiscal, especialmente en casos donde empresas aprovechan la exención inicial del impuesto y desaparecen antes de ser detectadas por la Agencia Tributaria. Asimismo, los titulares de depósitos fiscales asumirán responsabilidad solidaria del IVA si permiten la salida de productos sin cumplir con los requisitos establecidos, debiendo responder de la deuda tributaria correspondiente.

Álvaro Gómez-Elvira

Fuente: BDO Abogados y Asesores Tributarios

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