Contrasta con otras penas más leves que se imponen en muchas ocasiones cuando los hechos se califican de «imprudencia» . Pero cuando el autor, aunque no desea el resultado ocasionado por su conducta imprudente, acepta la posibilidad de que este llegue a producirse porque le resulta indiferente, entonces puede llegar a considerarse que ha concurrido «dolo» y no imprudencia, lo que acarrea un mayor reproche penal.
En este juicio concreto, el jurado entendió que la condenada actuó así porque le resultaba indiferente producir un daño a otros y sabía que era muy probable que se produjese un choque frontal con otro vehículo que viniese en el sentido contrario si tomaba la curva a la velocidad a la que la tomó y en las condiciones en las que se encontraba para conducir, a pesar de lo cual, siguió conduciendo de ese modo, aceptando así que pudiera producirse el resultado que al final se produjo.
Además de la pena de prisión señalada se le ha privado del derecho a conducir durante 8 años.
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