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El 14 de enero la CNMC, solicitó la anulación de algunos artículos del Real Decreto 1057/2015, de 20 de noviembre, por el que se modifica el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres por dudar de su compatibilidad con los principios de regulación económica eficiente y competencia efectiva.

Este requerimiento precede a la impugnación del Real Decreto por la CNMC, la cual está legitimada para impugnar normas con rango inferior al de ley.

La CNMC considera que la actual formulación del Real Decreto limita la entrada y la capacidad de competir de los vehículos de alquiler con conductor (VTC), y por lo tanto, ha solicitado que las restricciones a la competencia que contiene deben eliminarse. En concreto la CNMC pide anular los siguientes aspectos:

  1. La posibilidad de que la Administración Pública deniegue autorizaciones de VTC cuando existe un desequilibrio entre la oferta y la demanda, siendo esta negativa automática cuando exista más de una autorización de VTC por cada treinta licencias de taxi.
  2. La obligación de contratar previamente los servicios VTC, la prohibición de que circulen con pasajeros sin un contrato de arrendamiento, y la prohibición de ofrecer sus servicios circulando en las vías públicas en busca de clientes.
  3. La limitación de que los VTC deberán ser utilizados en el territorio de la Comunidad Autónoma en los que se haya expedido la necesaria autorización administrativa.
  4. La limitación de 7 vehículos mínimo para poder operar y otros requisitos de carácter técnico.

En caso de que la solicitud no sea atendida, la CNMC podrá impugnar el Real Decreto ante los tribunales.

Una impugnación de este tipo podría tener un impacto importante en los mercados ya que facilitaría la entrada de empresas como Uber, las cuales han sido objeto de gran controversia por sus litigios con los taxistas.

-Nota de prensa de la CNMC 

Autores: Andrew Ward (socio) y Patricia Sánchez-Calero (asociada) del área Mercantil, Madrid