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En los procedimientos matrimoniales de divorcio/separación, así como en los que derivan de las rupturas de pareja, es preceptivo que el Juzgador, antes de decidir sobre la medida relativa a la guarda de los hijos les escuche para conocer su opinión, siempre que los hijos tengan 12 años, o menores con suficiente madurez.
El pasado jueves 28 de enero de 2021, los Magistrados-Jueces de los ocho Juzgados de Primera Instancia de Familia del partido judicial de Barcelona (Juzgados número 45, 14, 15, 16, 17, 18, 19 y 51) procedieron a la unificación de criterios en relación con la exploración de menores de edad, adoptando los siguientes acuerdos:

«Primero.- Los menores, con carácter general no serán explorados judicialmente el día de la vista o juicio señalado, salvo que así se haya acordado de forma expresa por el órgano judicial. A tal fin, se considera imprescindible que las partes y los operadores jurídicos intervinientes en el procedimiento (Letrados y Procuradores) se abstengan de acudir a las vistas de los juicios de los Juzgados de Familia de Barcelona acompañados de los menores.

Segundo.- Las partes podrán solicitar del juzgado la exploración de menores a través de los trámites y escritos previstos en el procedimiento, donde se resolverá de forma expresa sobre la petición, debiendo las partes acompañar a los menores a la sede judicial en el día y hora señalado para efectuar la exploración.”

Así pues, las partes, deberán abstenerse de acudir acompañados de los menores a las vistas de los juicios de los Juzgados de Familia de Barcelona, salvo que se haya acordado expresamente por el Juzgador, de forma que no se llevarán a cabo exploraciones sorpresivas y sí las debidamente solicitadas y acordadas, debiendo tan sólo en estos supuestos las partes acompañar a los menores de edad a la sede judicial en el día y la hora señalado para efectuar la exploración judicial de los menores.

En nuestra opinión, se trata de un trámite muy delicado, el cual se había venido practicando demasiadas veces sin ningún «escrúpulo», por lo que es bienvenida la unificación de criterios que conlleva que nuestros menores se encuentren un poco más protegidos y que no se acuerde una exploración sin facilitar a las partes que puedan exponer cuanto estimen conveniente sobre su práctica de forma previa a su admisión.

Como ya sabéis, Queralt Abogados tiene un especial interés en la protección de nuestros más pequeños y por eso compartimos con vosotros esta nueva noticia.

Fuente original del Acuerdo: https://www.icab.es/export/sites/icab/.galleries/documents-noticies/III-Acuerdo-de-unificacion-criterios-Familia-Barcelona.-Exploracion-2021.pdf

Fuente: Queralt Abogados

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