Togas.biz

¿Paga impuestos un youtuber o un instagramer? ¿Y un influencer o un blogger?

Esta es una pregunta que se hacen muchos jóvenes que se dedican a esta actividad que está tan de moda en Internet.

¿Sábes si eres un youtuber?

Si produces contenido en formato de vídeo en youtube, entonces ya se te considera un youtuber.

¿Sábes si eres un instagramer?

Si eres un usuario del servicio de intercambio de fotos y redes sociales de Instagram, eres un instagrammer

Tributación Youtuber o Instagramer

Desde hace ya algunos años, el perfil del youtuber o instagramer se ha ido convirtiendo en una figura que adquiere cada vez más relevancia y del que se oye hablar de manera continuada.

Algo que comienza simplemente cuando decides subir un vídeo o una imagen en las redes sociales, puede convertirse en todo un acontecimiento y generar mucho interés. Tanto es así, que el número de seguidores y de visualizaciones en los vídeos y fotos aumenta hasta niveles propios de personajes famosos.

Si eres uno de estos profesionales y no estás declarando nada, debes de tener en cuenta que Hacienda ha incluido este tipo de actividades dentro de su plan de control tributario anual, con actuaciones dirigidas a mejorar el cumplimiento tributario. Por ello le va a resultar bastante fácil a la administración comprobar si estas cumpliendo con tus obligaciones tributarias.

En ocasiones la administración tan solo tiene que requerir a las empresas de publicidad o a Google información para saber si se tienen ingresos por publicidad.

¿Cuánto puede ganar un youtuber o instagramer?

En los momentos en los que se contrata publicidad es cuando surge la oportunidad para los youtubers e instagramers de empezar a ganar dinero.

Las empresas de publicidad valoran en gran medida la audiencia de estos perfiles y pueden pagar cantidades importantes por el simple hecho de que las marcas que gestionan puedan aparecer en algún momento durante el vídeo o como marca de agua en una foto.

Esto ha llevado a que algunos de los youtubers o instagramers acaben ingresando cantidades importantes de dinero.

Por ejemplo, el mayor youtube del mundo, PewDiePie, gana más de 400.000 dólares al mes, y es que cada vídeo suyo recibe millones de visitas. Y esto es así porque detras hay un plan de marketing muy bien desarrollado.

Obviamente este es una excepción, pero hay miles de youtubers e instagramers que de ingresar por publicidad unos cientos de euros al mes, tras desarrollar una buena estrategia de marketing en dos o tres años pueden alcanzar más de 30.000 euros al mes.

¡Y lo digo con conocimiento de causa!

Si quieres conocer lo que ganan los youtubers más famosos, en el sitio Social Blade puedes encontrar informacion al respecto.

Sin embargo, si bien hay algunos que pueden estar ingresando cantidades importantes, como te decía, también hay una mayoría que están generando ingresos en cantidades inferiores, comprendidas entre los 500€ y 2.000€ mensuales. ¡Y una parte de ellos no declaran nada con la consiguiente contingencia fiscal!

Todo esto ha generado una preocupación en torno a los impuestos de youtuber y los impuestos de instagramer.

Estos profesionales empiezan a plantearse si realmente ante estos ingresos que están generando deben o no pasar por Hacienda para pagar impuestos.

Muchos youtubers, intagramers, bloggers o influencers creen que están exentos de declarar sus ingresos por la poca cantidad de dinero que generan. ¡craso error!

¿Debe pagar impuestos un youtuber?

Ante la pregunta relacionada con la tributación de un youtuber o la tributacion de un instagramer, Hacienda lo tiene claro…

» Se considerarán rendimientos íntegros de actividades económicas aquéllos que, procediendo del trabajo personal y del capital conjuntamente, o de uno solo de estos factores, supongan por parte del contribuyente la ordenación por cuenta propia de medios de producción y de recursos humanos o de uno de ambos, con la finalidad de intervenir en la producción o distribución de bienes o servicios».

Por lo que si una persona empieza a desarrollar una actividad de manera recurrente y genera de forma continuada unos ingresos debe declarar por ellos.

Por lo que en el momento en que se obtienen ingresos como resultado de hacer uso de las redes sociales es necesario darse de alta en Hacienda y en la Seguridad Social. Si este es tu caso deberías darte de alta en el Impuesto de Actividades Económicas y en la Tesorería General de la Seguridad Social.

Por tanto, aquellos profesionales que no cumplan con sus obligaciones fiscales en el desarrollo de su actividad económica pueden tener problemas con la administración e incluso verse en la necesidad de hacer frente a multas y sanciones.

Recuerda que en asepyme somos PAE y podemos tramitar las altas por ti totalmente gratis.

¿Cuándo debe pagar impuestos un youtuber? ¿Y darse de alta como autónomo?

No cabe duda de que todo depende del nivel de actividad y dedicación que tenga el profesional, así como de la cantidad de ingresos que genera.

En el momento en que la actividad que desarrollan estos profesionales se pueda considerar una fuente de ingresos y genera recursos de forma continuada y recurrente, es cuando hay que darse de alta y empezar a tributar.

La forma en que tribute y el importe a abonar dependerá de la opción elegida, es decir de si va a ejercer como persona física o a través de una sociedad. Al final de este artículo te explicaré las diferencias de hacerlo de una u otra forma.

A la hora de darte de alta en la seguridad social, si decides ejercer la actividad como persona física podrás optar por darte de alta de autónomo acogiéndote a la tarifa plana de 60 euros al mes. Por otra parte, si creas una sociedad el tipo de cotización a la seguridad social será superior a los 350 euros al mes.

Todos estos aspectos deben valorarlos estos nuevos profesionales del medio online para asegurar que están desarrollando su actividad dentro de la legalidad y, además, están obteniendo la máxima rentabilidad en su actividad.

Los impuestos de un youtuber e instagramer son una realidad que deben asumir todos los que optan por dedicarse a esta actividad.

Sin duda, esta rápida evolución en la tecnología y el medio online está derivando en la aparición de nuevas profesiones que, con el tiempo, se irán regulando de forma específica.

Si este es tu caso, eres youtuber, instagramer o influencer, busca asesoramiento profesional, evita problemas con Hacienda y disfruta de tu actividad.

Impuestos a pagar por un youtuber e instagramer

Aquí vamos a tratar de los impuestos a declarar como persona física, dejando para otro post las obligaciones como persona jurídica (SL o SLU).

IAE youtuber e instagramer

Para poder ejercer dicha actividad dentro de la legalidad se deberá presentar la declaración censal de alta y comunicar el alta en IAE en alguno o varios de los epígrafes siguientes:

  • 844 «Servicios de publicidad, relaciones públicas y similares» – En caso de recibir ingresos por publicidad
  • 961.1 «Producción de peliculas cinematográficas» – Si sube videos a internet

Los impuestos por tener un blog se declaran en el apartado de la declaración de la renta de ACTIVIDADES ECONÓMICAS.

IRPF Youtuber, Instagramer, influencer y blogger

La mayoría debe declarar sus rendimientos en el IRPF como rendimientos de actividades económicas en estimación directa. Entendiendo que realizan la actividad como personas físicas.

En cuanto a los gastos que puede deducirse tenemos entre otros:

  • Seguridad social autónomo y si tiene empleados, la de estos
  • Sueldos de los empleados
  • Arrendamientos si paga alquiler del local
  • Desarrollo de la web o blog si la tienen
  • Mantenimiento de la web y blog
  • Reparaciones y conservación de los equipos
  • Gastos financieros necesarios para la actividad
  • Coste conexión internet
  • Compra de apps, videos, aplicaciones, etc. necesarios para la actividad.
  • Y en general todos los gastos necesarios para el ejercicio de la actividad.
  • Así como las amortizaciones de ordenadores y resto de equipo.

En nuestro artículo «Qué gastos puede deducirse un autónomo» puede ver una relación de los mismos, así como los requisitos que deben cumplir para ser deducibles.

Dado que el servicio de publicidad no es una actividad profesional, quien lo pague no está obligado a practicar retención e ingresar la misma.

Trimestralmente se tendrá obligación de presentar un pago fraccionado equivalente al 20% de los rendimientos (modelo 130). Y anualmente habrá que declarar el rendimiento en el IRPF.

Recordemos que se tendrá obligación de llevar unos libros registros de ingresos y gastos, donde se lleva un registro detallado de la contabilidad.

Lo libros que debe llevar una autónomo en estimación directa son:

  • ingresos
  • ventas
  • gastos
  • compras
  • bienes de inversión y amortizaciones

En nuestro artículo qué libros de contabilidad debe llevar un autónomo te explicamos el contenido de los mismos.

IVA Youtuber, Instagramer, influencer y blogger

La Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, en su artículo 4 define en hecho imponible, y dice:

“Artículo 4 Hecho imponible Uno. Estarán sujetas al impuesto las entregas de bienes y prestaciones de servicios realizadas en el ámbito espacial del impuesto por empresarios o profesionales a título oneroso, con carácter habitual u ocasional, en el desarrollo de su actividad empresarial o profesional, …”

Partiendo de esta definición en los servicios que se presten por estos profesionales se deberá repercutir en factura el 21% del IVA.

Importante: No olvidar que se tiene obligación de emitir factura. Si no sabes cómo, te recomendamos que leas nuestro artículo “Cómo hacer una factura correctamente”.

Trimestralmente se deberá presentar la declaración liquidación del IVA (modelo 303) y anualmente un resumen anual (modelo 390).

Excepción:

En determinados casos no se debe de emitir la factura con IVA.

Si el profesional utiliza una plataforma publicitaria situada en el resto de la UE deberá de darse de alta en el ROI – Registro de Operadores Intracomunitarios.

El alta en el ROI es sencillo, y con ello lo que se obtiene es un NIF intracomunitario. También es conocido como número VAT.

Como decíamos, tener este número autoriza a emitir facturas a clientes Europeos sin tener que incluir el IVA.

Aunque no se debe olvidar que al facturar a un cliente intracomunitario se pueden dar dos supuestos:

  • Que ambas partes tengan VAT por estar de alta en el ROI. En tal caso se podrá emitir la factura sin IVA.
  • Que tan solo uno o ninguno de los dos tenga VAT, por no estar de alta en el ROI. En estos casos si se aplicará IVA en las facturas.

Importante: recordar que las operaciones intracomunitarias deben declararse trimestralmente en el modelo 349 de Operaciones Intracomunitarias.

No se tiene obligación de practicar retención del IRPF en las facturas intracomunitarias. Es lógico, ya que el pagador no es español y no tiene obligación de ingresar el IRPF a la Agencia Tributaria española.

En esta página puede comprobar si un profesional o empresario está dado de alta en el ROI> Consultas operadores intracomunitarios españoles y extranjeros.

Si el cliente a quien le facturas no está en la UE, posiblemente la operación este no sujeta y también se facturará sin IVA.

Dado que hay actividades no sujetas y actividades exentas del IVA, podríamos concluir diciendo que se debe de estudiar cada caso en concreto para ver si se debe emitir la factura con o sin IVA.

347 instagramer, youtuber e influencer

El modelo 347 es una declaración informativa, en la que entre otros están obligados a presentarla todo instagramer, youtuber e influencer. Es indiferente que se ejerza la actividad como persona física, jurídica o en régimen de atribución de rentas.

En esta declaración informativa se declaran las actividades realizadas con terceras personas por importe superior a 3.005,06 euros, en el año natural al que se refiere la declaración.

Para ampliar información sobre esta declaración recomendamos leer nuestro artículo «Modelo 347: Declaración anual de operaciones con terceros«. En él explicamos entre otras cosas las operaciones que se declaran, quienes están obligados a presentarlo y quienes no, así como que operaciones no han de declararse.

Qué interesa más ¿Autónomo o Sociedad?

Como puedes imaginar y después te explicaremos, queda claro que estos profesionales deben pagar impuestos si no quieren encontrarse con problemas. Es entonces cuanto surge una de las principales preguntas en este colectivo, Autónomo o Sociedad ¿Qué me interesa?

Esta pregunta es importante porque las implicaciones fiscales y laborales que tienen una situación y la otra son bastante diferentes. Por ello, es recomendable que los youtubers o instagramers acudan a un Punto de Atención al Emprendedor (PAE) para que le ofrezcan asesoramiento en todas estas cuestiones.

Es habitual que en estos puntos de atención ofrezcan asesoría para emprendedores, asesorando en la forma juridica de constitución y trámites a realizar.

A la hora de elegir qué forma es la mejor para empezar a gestionar esta actividad y tributar, debes tener en cuenta que si tu nivel de ingresos está por debajo de los 12 500 euros, el porcentaje de tributación de un autónomo llegaría al 19 %.

Sin embargo, en el caso de que decidas constituir una sociedad el porcentaje de tributación será:

  • el tipo general del 25% aplicable a entidades de reducida dimensión y microempresas.
  • y excepcionalmente el 15% si es una entidad (SL o SLU) de nueva creación, que realice actividades económicas, en el primer período impositivo en que la BI resulte positiva y en el siguiente.

De esta forma, se puede tener una idea clara de a partir de que nivel de beneficios es más recomendable tener una sociedad o seguir como autónomo.

Aunque esto no es así tal cual, pues se debe analizar caso por caso como puedes ver en nuestro artículo sobre la tributación de los socios profesionales.

Veamos ahora qué aspectos se deben tener en cuenta.

Cómo factura un Youtuber a Google

Si se obtienen ingresos por un canal en Youtube se debe generar una factura intracomunitaria por cada uno de ellos. Debe ser intracomunitaria ya que Google normalmente paga desde Irlanda.

Lo normal es que el youtuber o instagramer envíe la factura, aunque Google suele emitir una autofactura declarando lo que le paga (sin IVA).

En este tipo de ingresos no se debe repercutir IVA ni aplicar retención. Aunque el profesional no debe olvidar darte de alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios.

La práctica habitual es la siguiente… si se alcanza el límite de pago establecido por Youtube o mínimo de dinero generado en un canal para recibir ingresos, Google ingresará el dinero a mes vencido. En ese momento se deberá de emitir la factura por los ingresos recibidos de Google, ya que antes se desconocia. Lo correcto seria declararlo en el mes que se ha generado, pero difícilmente pueda conocerse, de ahí que se tenga que declarar en el siguiente.

Si un mes no se supera el limite de pago se ira acumulando el dinero generado y Google Adsense lo pagará en el mes que se supere dicho límite.

En la actualidad el límite de pago viene establecido en cien dólares al mes y el valor es el resultado de la conversión a euros en España.

Contratando con nosotros, además de una serie de servicios gratuitos, podemos ayudarte a hacer la elección correcta, ahorrando tiempo y dinero. ¡Evita futuros problemas con Hacienda!.

Otros artículos relacionados

Si quieres leer más posts relacionados con la facturación, date una vuelta por nuestra selección de artículos sobre fiscalidad de las facturas.

Si sigues teniendo dudas sobre los impuestos de un youtuber o instagramer, ponte en contacto con el equipo de nuestra asesoría fiscal