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Tras el Consejo de Ministros celebrado el pasado 11 de agosto, el Gobierno ha anunciado el desarrollo de dos nuevos planes de choque contra la temporalidad fraudulenta y los abusos en la contratación a tiempo parcial por parte del Organismo Estatal de Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

NUEVOS PLANES DE CHOQUE

Atendiendo a los resultados obtenidos por los planes de choque desarrollados entre agosto y diciembre de 2018 (61.445 contratos temporales convertidos en indefinidos -el 76,3% de los afectados por el Plan-, y 8.824 ampliaciones de jornada en contratos a tiempo parcial -el 17,5% de los incluidos en el Plan-), así como a los indicios de fraude en estas modalidades de contratación, se ha aprobado la puesta en marcha de dos nuevos planes de choque contra la contratación temporal fraudulenta y los abusos en la contratación a tiempo parcial.

Ambos van a seguir la misma metodología que el año anterior: una primera fase en que se remitirán comunicaciones a las empresas en cuyos contratos temporales o a tiempo parcial se aprecien indicios de fraude concediendo el plazo de un mes para su regularización, y una segunda fase, en la que, comprobados los casos en que no se hubiese realizado la regularización, se llevará a cabo la actuación de la Inspección de Trabajo.

Estos Planes de Choque, que se ejecutarán entre agosto y diciembre de 2019 y serán objeto de evaluación en enero de 2020, van a suponer la remisión de 85.000 comunicaciones (un 4% más que en 2018) a empresas en los que se aprecian indicios de fraude, afectando a 238.015 personas trabajadoras (un 81,9% más que en 2018).

Contra la contratación temporal fraudulenta se enviarán 47.737 comunicaciones y 89.285 personas trabajadoras afectada); y contra los abusos en la contratación a tiempo parcial 37.263 comunicaciones y 148.730 personas trabajadoras afectadas.

OBJETIVOS Y MEDIDAS DEL PLAN DIRECTOR POR UN TRABAJO DIGNO

El objetivo principal del Plan Director por un Trabajo Digno es recuperar derechos laborales, mejorar la calidad del empleo y las condiciones de trabajo, proteger la seguridad y salud de trabajadores y trabajadoras, además de garantizar la competencia leal entre empresas en el mercado de trabajo.

La actividad de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, desarrollada en cumplimiento de las medidas contempladas en el Plan Director por un Trabajo Digno, contribuye a la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible y, por tanto, es plenamente coherente y refuerza el Plan de Acción para la implementación de la Agenda 2030 aprobado por el Consejo de Ministros el día 29 de junio de 2018.

Para poder ejecutar el Plan, se están adoptando medidas para reforzar los recursos humanos. Las previsiones establecidas supondrán la incorporación a lo largo del periodo de ejecución de 833 nuevos inspectores/as y subinspectores/as, lo que supondrá un incremento neto de la plantilla estimado en un 23%. 86 efectivos ya están incorporados y 101 nuevos inspectores y subinspectores serán nombrados funcionarios de carrera este mismo mes de agosto de 2019. Con estas incorporaciones, el número de efectivos será 2.055, la cifra más alta de la historia del Sistema de Inspección.

Destacar, por último, el desarrollo por parte de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de varias campañas nuevas durante el primer semestre 2019; una contra los impagos salariales, en la que se está vigilando la correcta aplicación del nuevo SMI para 2019; otra campaña específica con el objetivo de analizar el correcto encuadramiento en la Seguridad Social de los trabajadores y trabajadoras que prestan servicios en las plataformas digitales, así como afrontar la economía irregular presente tanto en estas como en el comercio electrónico; y, además, una campaña específica para revisar de forma integral las condiciones de trabajo en el sector de alojamientos turísticos, en particular camareras y camareros de piso.

INSTRUCCIÓN DE LA INSPECCIÓN DE TRABAJO

Recientemente, se ha publicado la Instrucción nº 4/2019, de 7 de agosto de 2019, de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, sobre la aprobación de planes de choque contra la contratación fraudulenta y contra el uso irregular del contrato a tiempo parcial, con dos objetivos muy definidos:

Plan de choque contra el fraude en la contratación temporal

Tiene por objeto analizar los datos disponibles sobre los contratos temporales que se hayan podido suscribir de forma fraudulenta o con superación de los límites temporales de duración, y proceder a regularizar los mismos, adoptando las medidas que resulten procedentes.

El desarrollo de este Plan aportará una mayor estabilidad laboral a las personas trabajadoras, procurando igualmente un efecto disuasorio sobre los empresarios dirigido a prevenir prácticas abusivas y fraudulentas.

Plan de choque contra la utilización irregular de la contratación a tiempo parcial

Tiene por objeto analizar los datos disponibles de los contratos a tiempo parcial en los que la jornada declarada en el contrato no se corresponda con la realmente realizada, procediendo en su caso a la regularización tanto de la jornada como de la situación de Seguridad Social de los trabajadores afectados.

El desarrollo de este Plan aportará una mayor seguridad sobre su jornada de trabajo a los trabajadores y trabajadoras, una regularización de las bases de cotización y un incremento de la capacidad recaudadora del Sistema de Seguridad Social, procurando igualmente un efecto disuasorio sobre los empresarios dirigido a prevenir prácticas abusivas y fraudulentas.

Metodología y evaluación

La Inspección de Trabajo y Seguridad Social planificará actuaciones, en el marco de los citados planes, que se realizarán en dos fases:

Una primera fase de detección de posibles situaciones de fraude a través de la Herramienta de Lucha contra el Fraude, tanto en materia de contratación temporal como de trabajo a tiempo parcial.

Las empresas con posibles situaciones de fraude serán objeto de una comunicación por parte de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, informándoles de los datos obtenidos, instándoles a revisar su situación, y advirtiéndoles de la realización de actuaciones inspectoras de comprobación en caso de no regularización.Se dará un plazo de un mes para llevar a cabo dicha revisión y regularización.

Una segunda fase de comprobación a través de la Herramienta de Lucha contra el Fraude de las modificaciones que hayan sido realizadas respecto de la situación de sus trabajadores, por las empresas que han recibido estas comunicaciones.

Aquellas empresas que continúen con la situación inicial, o solo la hayan modificado parcialmente, serán objeto de una actuación por parte de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social para la comprobación de tales extremos, adoptando las medidas que resulten preceptivas tras el análisis de cada situación.


Fuente: Auren Abogados y Asesores Fiscales

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